Resolución 146/2010-ANSES-Desafectación de serie documental de Legajo Unico


ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL

Desafectación de serie documental de Legajo Unico.
Bs. As., 5/3/2010
VISTO el Expediente Nº 024-99-81220010-7-790 del Registro de esta ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, y la Resolución DE. -A Nº 1129 del 9 de noviembre de 2001, y
CONSIDERANDO:
Que por el expediente citado en el VISTO, se tramita la desafectación de la serie documental Legajo Unico, perteneciente a la Sección documental de Activos del Fondo de esta ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES).
Que, la documentación cuya desafectación se propone ha sido previamente digitalizada, ello así conforme Resolución DE Nº 875/2008.
Que se ha procedido conforme procedimiento vigente, al control de calidad y certificación de la firma digital de cada soporte.
Que a los efectos de evaluar el valor secundario de la documentación, se dio intervención al Archivo General de la Nación, quien informó mediante Nota de fecha 18 de agosto de 2009, que la serie documental Legajo Unico, no reviste valor permanente, una vez cumplido su plazo primario, debiéndose estar conforme a las directivas del decreto 1571/81 en lo que respecta a su valoración, conservación y desafectación.
Que a los efectos de descomprimir el Archivo General, es necesario llevar a cabo el proceso de desafectación documental, ello así conforme Resolución DE Nº 1129/01, permitiendo con ello generar el espacio necesario para la nueva documentación ingresante.
Que consultado a la Gerencia Logística y ésta a su vez a la Subdirección de Administración sobre el destino a dar al papel, producto de la desafectación, la misma autorizó mediante Nota SDA Nº 525/09 la donación al Hospital Garraham.
Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención de su competencia, no encontrando objeción al respecto.
Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 3º del Decreto Nº 2741/91, por el artículo 36º de la Ley 24.241 y por el Decreto 889/09.
Por ello,
EL DIRECTOR EJECUTIVO
RESUELVE:
Artículo 1º — Dispóngase la desafectación en los términos de la resolución DE Nº 875/08, de la serie documental Legajo Unico, conforme el detalle descriptivo del Anexo I.
Art. 2º — Publíquese la desafectación en el Boletín Oficial por el término de tres días.
Art. 3º — Instrúyase a la Gerencia Archivo General, para efectuar las reservas documentales, conforme lo normado por Resolución DE Nº 1129/01.
Art. 4º — Dónese a la Fundación Garraham el producto de la desafectación documental, conforme al procedimiento vigente.
Art. 5º — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Diego L. Bossio.
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NOTA: El Anexo no se publica. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires) y en www.boletinoficial.gov.ar