Decreto 1306/2010. Córdoba-Régimen General de Jubilaciones, Pensiones y Retiros. Beneficiarios. Haber mínimo. Determinación

del 31/08/2010; publ. 24/09/2010

Visto la Ley Nº 8024 , t.o. por Decreto Nº 40/2009 , reglamentada por Decreto Nº 41/2009 . Y

Considerando:

Que en los últimos años, el Gobierno de la Provincia ha otorgado incrementos salariales a los agentes en actividad de la Administración Pública Provincial.

Que por imperio de las normas vigentes relacionado a la movilidad de las prestaciones previsionales, dichos incrementos fueron trasladados a los mismos sectores pertenecientes a la clase pasiva provincial.

Que por lo tanto resulta necesario adecuar el valor del Haber Mínimo de las jubilaciones, pensiones o retiros, a los fines de reflejar en dicho monto el impacto de los incrementos salariales oportunamente otorgados.

Por ello la norma legal citada y en uso de las atribuciones conferidas por el art. 144 de la Constitución Provincial;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DECRETA:

Art. 1.- FÍJASE a partir del 1º de septiembre de 2010, el haber mínimo a percibir por los beneficiarios del Régimen General de Jubilaciones, Pensiones y Retiros de la Provincia de Córdoba, en la suma de Pesos Un mil doscientos ($ 1.200,00), con las siguientes excepciones:

a) los beneficiarios de Pensión por Indigencia otorgados en el marco de lo prescripto por los arts. 44 y 57 de la Ley Nº 8024, reglamentada por el entonces Decreto Nº 382/1992 , en cuyo caso el haber será equivalente al cincuenta por ciento (50%) del haber mínimo de jubilación establecido por el presente Decreto.

b) los supuestos previstos en el art. 53 , párr. 3 “in fine”, de la Ley Nº 8024, t.o. por Decreto Nº 40/2009 .

Art. 2.- El presente Decreto será refrendado por los señores Ministro de Finanzas y Fiscal de Estado y firmado por el señor Secretario General de la Gobernación.

Art. 3.- PROTOCOLICESE, comuníquese, dése a la Secretaría de Previsión Social, comuníquese a la Legislatura Provincial, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.

CR. JUAN SCHIARETTI GOBERNADOR CR. ÁNGEL MARIO ELETTORE MINISTRO DE FINANZAS CR. RICARDO ROBERTO SOSA SECRETARIO GENERAL DE LA GOBERNACIÓN JORGE EDUARDO CÓRDOBA FISCAL DE ESTADO