Protocolos
sanc. 11/08/2010; promul. 06/09/2010; publ. 09/09/2010
El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley:
Art. 1.- Apruébase el PROTOCOLO MODIFICATORIO DEL ARTICULO 4º DEL ACUERDO DE SEDE ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPUBLICA ARGENTINA Y LA ORGANIZACION IBEROAMERICANA DE SEGURIDAD SOCIAL, de 1979 y su modificación de 1982, adoptado en Madrid -REINO DE ESPAÑA- el 8 de octubre de 2007, cuya fotocopia autenticada forma parte de la presente ley.
Art. 2.- Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.
JULIO C. C. COBOS. - EDUARDO A. FELLNER. - Enrique Hidalgo. - Juan H. Estrada.
NOTA: El Anexo no se publica. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires) y en www.boletinoficial.gov.ar.