Decreto 1388/2010- Asignaciones familiares

del 29/09/2010; publ. 01/10/2010

Visto la Ley Nº 24714 y sus modificatorias, la Ley Nº 23272 y su modificatoria, los Decretos 1245 de fecha 1º de noviembre de 1996, 368 de fecha 31 de marzo de 2004, 1691 de fecha 30 de noviembre de 2004, 886 de fecha 21 de julio de 2005, 1134 de fecha 19 de septiembre de 2005, 33 de fecha 23 de enero de 2007, 1345 de fecha 4 de octubre de 2007, 337 de fecha 29 de febrero de 2008, 1591 de fecha 2 de octubre de 2008, 1602 de fecha 29 de octubre de 2009 y 1729 de fecha 12 de noviembre de 2009; y

Considerando:

Que el Sistema de Seguridad Social es la principal herramienta de redistribución de los recursos para la cobertura de las contingencias sociales y protección a los más necesitados.

Que el Régimen de Asignaciones Familiares instituido por la Ley Nº 24714 posibilita brindar cobertura a los beneficiarios con mayores cargas de familia, y tiende, así también, al desarrollo de una política demográfica y educacional adecuada.

Que en función de la actual situación económica resulta posible incrementar los valores de las Asignaciones Familiares por Prenatal, Hijo e Hijo con Discapacidad como así también la Asignación Universal por Hijo para Protección Social.

Que el Decreto Nº 1602/2009 dispuso la creación de la Asignación Universal por Hijo para Protección Social que se incluye como una Prestación no Contributiva incorporando el inc. c) dentro del art. 1 de la Ley Nº 24714.

Que por el art. 19 de la Ley Nº 24714 se faculta al PODER EJECUTIVO NACIONAL a determinar la cuantía de las Asignaciones Familiares en ella establecidas, de acuerdo al desarrollo de la actividad económica, índice de costo de vida o de variación salarial y situación económica social de las distintas zonas.

Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos de la ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES) y la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL han tomado la intervención que les compete.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el art. 99, inc. 2, de la CONSTITUCION NACIONAL y art. 19 de la Ley Nº 24714.

Por ello,

LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA DECRETA:

Art. 1.- Los montos de las Asignaciones Familiares y de la Asignación Universal por Hijo para Protección Social contempladas en la Ley Nº 24714, serán los que surgen de los Anexos I, II, III y IV del presente Decreto.

Art. 2.- El presente Decreto será de aplicación para determinar el derecho a percibir las Asignaciones Familiares y la Asignación Universal por Hijo para Protección Social que se devenguen a partir del mes de Septiembre de 2010.

Art. 3.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

FERNANDEZ DE KIRCHNER. - Aníbal D. Fernández. - Carlos A. Tomada.

NdeR.: No se publica anexo (ver B.O. del 01/10/2010).