RESOLUCION 897/2012-Neuquén-Instituto de Seguridad Social del Neuquén -- Régimen de afiliaciones e incorporación de afiliados -- Aprobación.


fecha de emisión 12/07/2012 ; ; publ. 26/07/2012
Visto: El Expediente N° 4469-107059/3 Alcance N° 0000 Año 2012; y,
Considerando:
Que por las presentes actuaciones se presenta la modificación del Régimen de Afiliación e Incorporación de Afiliados y Beneficiarios;
Que en base a los datos estadísticos reunidos y analizados, se concluyó en la imperiosa necesidad de actualizar y modernizar el actual régimen de afiliados, en todos sus variantes;
Que la medida propuesta obedece a ordenar y sistematizar el Régimen de Afiliaciones, estableciendo en un solo ordenamiento toda la normativa vigente en materia afiliatoria;
Que el principio de Solidaridad Social, base del sistema prestacional, debe actuar desde la Institución hacia los afiliados y de los mismos entre sí;
Que si bien se ha mantenido incólume el espíritu del régimen de afiliaciones hasta ahora vigente, se han operado modificaciones en cuanto al "Carácter y Categorías de los Afiliados", distinguiendo entre Afiliados Titulares Directos Obligatorios (junto con los afiliados indirectos de las mencionadas categorías), y Afiliados Titulares Adherentes y Afiliados por Convenio de Reciprocidad;
Que asimismo el nuevo régimen contiene disposiciones generales para los afiliados y sobre los estados de carencias;
Que se establece un contrato de afiliación con normas específicas sobre los diferentes planes prestacionales, las obligaciones de los afiliados y de las Empresas a las cuales pertenecen, como también y en los casos que corresponda, la Declaración de Desocupación emitida por el ANSES;
Que se pretende equiparar los aportes entre los distintos tipos de afiliados, llámense Afiliados Directos Obligatorios y/o Afiliados Adherentes Autónomos;
Que asimismo se establece para los Afiliados Adherentes Autónomos ingresantes, un nuevo proceso de afiliación e incorporación, como también la obligación de presentar una Declaración Jurada de enfermedades preexistentes;
Que en uso de las facultades otorgadas por la Ley 611 y Decreto Reglamentario y tratado en reunión del día de la fecha es resuelto por Mayoría del Bloque en representación de Poder Ejecutivo y el rechazo del Bloque en representación de los Afiliados Activos y Pasivos;
Por ello: El Consejo de Administración del Instituto de Seguridad Social del Neuquén resuelve:
Art. 1° - Aprobar el nuevo Régimen de Incorporación de Afiliados y Beneficiarios ISSN, el cual es agregado a la presente norma legal, con vigencia a partir del 1° de julio de 2012.
Art. 2° - Establecer que por el Departamento Afiliados, se dará cumplimiento a lo aprobado en el Artículo 1°, y notificará a las Delegaciones del Instituto de Seguridad Social del Neuquén, del presente acto administrativo.
Art. 3° - Por Secretaría de Consejo de Administración, se procederá con las notificaciones a los sectores de competencia; Administración General, Dirección de Prestaciones de Salud y Asistenciales, Dirección de Prestaciones de Jubilaciones y Pensiones, Secretaría General, Coordinación Farmacias Propias, Coordinación Contaduría General, Coordinación Control de Gestión, Departamento Tecnología e Información, Departamento Coordinación Delegaciones y Departamento Afiliados. Por Departamento Prensa Comunicación e Imagen, se procederá a la publicación en Boletín Oficial.
Art. 4° - Comuníquese, etc. - Berenguer.