DECRETO 2157/2012- Provincia de Misiones-ASISTENCIA SOCIAL-Programa de Gestión y Desarrollo Laboral a Tutelados Emprendedores.

DECRETO 2157/2012- Provincia de Misiones-ASISTENCIA SOCIAL-Programa de Gestión y Desarrollo Laboral a Tutelados Emprendedores.

fecha de emisión 28/12/2012 ; ; publ. 14/02/2013
VISTO: El Expte N° 2030 - 24 - 2012 Caratulado: "DIRECCIÓN DEL PATRONATO DE LtBERADOS-ELEVA PROGRAMA DE GESTIÓN Y DESARROLLO LABORAL A TUTELADOS EMPRENDEDORES"; y
CONSIDERANDO:
QUE, por Decreto N° 546 de fecha 11 de Mayo de 2011, cuya fotocopia obra a fe. 31/36, se ratificó el convenio suscripto entre el MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS DE LA NACIÓN Y LA PROVINCIA DE MISIONES PARA LA SUPERVISIÓN, CONTROL Y ASISTENCIA DE CONDENADOS LIBERADOS QUE HAYAN AGOTADO SU PENA Y PROBADOS";
QUE, el presente convenio tiene por objeto comprometer los esfuerzos de ambas partes para la implementación de mecanismos efectivos de asistencia de condenados, liberados condicionales y asistidos;
QUE, el Gobierno de la Provincia de Misiones establece como una de sus Políticas de Estado lograr la Inclusión Social de los Sectores más vulnerables de la sociedad;
QUE, en ese contexto es necesario ejecutar Planes y Programas de Microemprendimientos orientados a construir un ámbito apropiado para el desarrollo laboral de los tutelados en el ámbito de la Provincia;
QUE, para hacer frente a la problemática, contamos con el recurso de la experiencia y/o capacitación de los Tutelados en oficios como: albañileria, carpintería, pintura de obras, herrería, etc.;
QUE, para el logro de los objetivos propuestos resulta necesario generar un mecanismo dinámico para la ejecución del presente programa, a través del subsidio que otorga el Patronato de Liberados a la "Asociación Civil Mba' Apó Mbárete - Trabajo Fuerte", Personería Jurídica N° A -2.282, Organismo que cuenta con espacio físico y capacitadores para el desarrollo de Micro Emprendimientos Laborales;
QUE, se cuenta con crédito presupuestario y disponibilidad para tal efecto, encuadrando el procedimiento en los Decretos Nros. 1178/88 - 560/92, Ley 4526 y Ley Vil - N° 11(Arrtes Ley 2303);
Por ello;
El Gobernador de la Provincia de Misiones, decreta:
Art 1°.- Apruébase, el "PROGRAMA DE GESTIÓN Y DESARROLLO LABORAL A TUTELADOS EMPRENDEDORES" Implementado por la Dirección del Patronato de Liberados, obrante como Anexo I del presente Decreto.
Art 2°.- Otorgase, un aporte no reintegrable de $58.049,92 (PESOS CINCUENTA Y OCHO MIL CUARENTA Y NUEVE CON 92/100) a favor de la "Asociación Civil Mba' Apó Mbárete - Trabajo Fuerte", Personería Jurídica N° A-2.282, todo con cargo de oportuna rendición de cuentas al Tribunal de Cuentas de la Provincia, con destino a solventar los gastos necesarios para la puesta en marcha y ejecución del presente Programa, en un todo de acuerdo con el Anexo I del presente Decreto, encuadrándose en los Decretos N° 1.178/88 - 560/92 - Ley 4.526 y Ley VII- N° 11 (Antes Ley 2303).
Art 3°.- Autorizase, a la Dirección del Servicio Administrativo de Gobierno, Trabajo y Empleo y Derechos Humanos, a proceder a la liquidación y pago de la suma de $ 58.049,92 ( PESOS CINCUENTA Y OCHO MIL CUARENTA Y NUEVE CON 92/100) a favor de la Asociación Civil Mba' Apó Mbárete -Trabajo Fuerte", Personería Jurídica N° A- 2.282, por los conceptos vertidos precedentemente, con imputación a la Partida: 03-01-2-03-1-90-1-03-031-03160 -SCD Cuenta 2-01-Aportes Ministerio de Seguridad, Justicia y Derechos Humanos de Presupuesto vigente.-
Art 4°.- Incorporase, el Anexo I como parte integrante del presente Dispositivo legal.
Art 5°.- Establécese, que el contralor del Programa creado en el Artículo 1° del presente Decreto, estará a cargo de la Subsecretaría de Seguridad y Justicia dependiente del Ministerio de Gobierno.
Art 6°.- Refrendará, el presente Decreto el Señor Ministro Secretario de Gobierno.
Art 7°.- Regístrese, etc. Closs.
Anexo I
Programa. de gestión y desarrollo laboral a tutelados emprendedores
1. Descripción del Programa
Las principales problemáticas que se presentan en la Dirección del Patronato de Liberados, actualmente, es la imposibilidad de insertarse al mercado formal aquellos trabajadores/as menos calificados y con antecedentes delictivos; reduciendo así las posibilidades de búsqueda de trabajo colocándolos en un estado de vulnerabilidad social, ya que en muchas ocasiones, es el único sostén económico del hogar. Por ello aumenta la desocupación y reincidencia delictiva.
Ente el 2008 y el 2012, observamos hasta el día de la fecha el ingreso de 650 tutelados que gozan de diferentes beneficios, Libertad Condicional, Suspensión del juicio a Prueba, Condena Condicional del los cuales el 50% se encuentran realizando trabajos no registrados por temporadas, el 25 % se encuentran desocupados.
Las estadísticas claramente identifican las necesidades que suscitan en los tutelados, donde el Patronato de Liberados, pretende brindar alternativas laborales, no solo para disminuir las estadísticas que preocupa, sino también, lograr la inclusión social de los tutelados.
Como fortaleza o recurso que contamos para hacer frente a la problemática, sería la experiencia y/o capacitación previa en oficios; herrería, electricidad, cestería, artesanía en cuero, elaboración de curriculum y primer empleo.
Por medio de la figura del Agente fiador, permitirá controlar, supervisar en los talleres que realice la Asociación Civil Mbá apó Mbárete- Trabajo Fuerte Personería Jurídica N° A-2.282., donde confeccionará tres informes: 1) al inicio de la ejecución del proyecto; 2) a los 4 meses de la ejecución del proyecto y 3) finalizando el proyecto.
El informe contendrá: las tareas realizadas, evaluación por desempeño, cumplimiento del horario y días estipulados, durante el periodo en que realice su trabajo.
A cada agente fiador se le asignará el contralor por talleres que realicen los tutelados. (Cláusula Cuarta: Obligaciones a cargo de la Provincia Punto f), del Convenio entre el Ministerio de Justicia de la Nación y la Provincia de Misiones para la supervisión y control y asistencia de los condenados, liberados condicionales y asistidos, liberados que hayan agotado su pena y probados N° 033/10). La relación del agente fiador con el Patronato de Liberados será a través de la prestación de un servicio remunerado, para ello deberá estar inscripto ante la AFIP como responsable inscripto.
La Asociación Civil Mba' apó Mbárete- Trabajo Fuerte, será el único organismo ejecutor que realizará cursos de capacitación de oficios en artesanías en cueros, cestería, electricidad, herrería y elaboración de curriculum vitae y estrategias en la búsqueda del primer empleo, así mismo, se entregarán maquinarias a modo de donación al emprendimiento del tutelado con el objetivo de mejorar el funcionamiento del lugar de trabajo, sito en B° Fátima Manzana 78 Casa 8 de la Localidad Posadas, tutelado Díaz Leal Alberto.
En este contexto es que, nos planteamos la primera etapa de implementación de este Programa, con los siguientes objetivos:
2.1 Objetivos Generales.
a) Elaborar estrategias que faciliten la incorporación de hombres y mujeres en condiciones de cumplimiento de pena en libertad al mercado laboral, a fin de mejorar su calidad de vida.
b) Propiciar en los beneficiarios aptitudes personales, de mercado y/o sociales, que permitan mejorar sus oportunidades económicas, aprovechando sus conocimientos y experiencia en oficios determinados.
c) Favorecer a la vinculación con los sectores públicos afines, con el objetivo de tener un trabajo digno y estable.
2.2 Objetivos Específicos.
a) Promover la generación de redes de confianza, cooperación, solidaridad y acción colectiva como valor común.
b) Sensibilizar a la población, por medio del programa a fin de revertir los diferentes estigmas que existen en el imaginario social sobre los tutelados
c) Fortalecer las políticas públicas que conduzcan a la continua mejora de la calidad de vida de la población vulnerable descripta anteriormente.
3.Metas
Con la ejecución del proyecto lograríamos dar respuesta a distintas necesidades tales como:
3.1 Educación y formación a los tutelados
3.2 Alcanzar una actividad laboral rentable, dentro del mercado productivo del trabajo.
3.3 Integración social entre el tutelado y sociedad eliminando progresivamente el imaginario social concebido antiguamente.
3.4 Poder responder a las necesidades personales y familiares logrando autonomía laboral.
4. Localización Física
Ubicación Geográfica:
Talleres de oficio y capacitación nombrados anteriormente: se realizaran en La Asociación Civil Mba'apó Mbárete- Trabajo Fuerte Personería Jurídica N° A-2.282: Juan A. Maza N° 3181. B° Independencia. Posadas-Misiones:
Taller de Herrería: se realizaran en B° Fátima Manzana 78 Casa 8 de la Ciudad de Posadas.
5. Recursos Necesarios
Recursos Materiales
Taller de Herrería: Entrega de maquinarias al emprendimiento del Tutelado nombrado.
Soldadoras 220 M
Soldadora 320 T
Regulador C02 C/ caudal Bronce
Cilindro P/Co2/Mig
1kit para compresor Hobby 5 Pz.
Amoladora angular 7" D28476w
2Amoladora angular G 720 - 750
Taller capacitación en cestería:
Mimbre blanco, buf y negro
Esparto
Castaño para cestos.
Taller de Artesanías en Telas
Telas de fibrana
Telas de Raso
Hilos, agujas, tijeras y entretela.
Recursos Humanos
1 Profesor de electricidad.
1 Profesor o artesano en cuero, cestería.
1 Profesora en artesanías en telas.
1 Profesor facilitador en el aprendizaje de elaboración de curriculum y estrategias primer trabajo.
6. Actividades y Tareas
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7.1 Población Destinataria
La población destinataria de las acciones y recursos pertinentes a este Programa son:
a) Internos condenados que se encuentran en el Periodo de Prueba y en condiciones de gozar de salidas transitorias y semilibertad, en los términos de lo establecido por los arts. 16 a 26 de la Ley 24.660;
b) Personas condenadas que se encuentren incluidas en el Programa de Prelibertad, conforme lo prescripto en los artículos 30 y 31 de la Ley 24.660.
c) Personas condenadas que hayan egresado en libertad condicional (art. 13 Código Penal, y arts 28 y 29 de la Ley 24.660) o libertad asistida (arts. 54, 55 y 56 de la Ley 24.660);
d) Personas condenadas que obtengan su libertad como consecuencia del agotamiento de la condena oportunamente impuesta;
e) Personas sometidas al régimen de la suspensión del juicio a prueba y condena condicional (art 76 bis, ter y quater y 27 bis del Código Penal)
Requisitos
Para la implementación se tendrán en cuenta a los siguientes tutelados:
1) Los que no realizan ninguna actividad laboral, en primera instancia.
2) Los que estén realizando una actividad dentro del mercado informal (kioscos, elaboración de artesanías etc.).
Son causales de desvinculación de los participantes:
1) Incumplimiento con las horas de entrada y salida tanto en los cursos de capacitación como en las horas de trabajo en el micro emprendimiento de herrería
2) Reincidir en la comisión de un delito y/o contravención.
3) Si presentan observación negativas en los informes realizadas por los agentes fiadores.
Requisito especifico:
1) Hombres y Mujeres tutelados del Patronato de Liberados, que hayan sido juzgados por Provinciales o Federales y tengan domicilio en la Provincia. Deberán cumplir con las horas de trabajo mensuales que establezca el organismo contratante, que serán descriptas en el informe que harán los" Oficiales de Prueba, indicando su horario de entrada y salidas incluyendo observaciones.
2) Requisitos Formales:
a) Fotocopia del DNI (1° y 2° hoja).
b) Constancia de N° de CUIL, válido para tutelados que ingresen en el micro emprendimiento de herrería y o tutelados profesores que dictarán las clases de capacitación.
7.2 Población Indirecta.
Familias de los tutelados.
8.1 Presupuesto para la elaboración del proyecto