Resolución N° 47/2012 (SDG TLI)-AFIP-IVA-Prestación de servicios de catering en comedores de empresas-Ley IVA art.3 inc e) punto 1-11-12-2012.

Resolución N° 47/2012 (SDG TLI)-AFIP-IVA-Prestación de servicios de catering en comedores de empresas-Ley IVA art.3 inc e) punto 1-11-12-2012.

Los servicios de comida brindados en los comedores de las empresas que contratan a la consultante, destinados para uso exclusivo de su personal, tanto dependiente como no dependiente, se encuentran comprendidos en la excepción dispuesta por el Artículo 3°, inciso e), punto 1, segundo párrafo de la Ley de Impuesto al Valor Agregado.

Correlativamente, con relación a dichos servicios no corresponderá que la consultante compute crédito fiscal alguno, atento a lo normado por el Artículo 12, inciso a), segundo párrafo de la citada ley.