Jurisprudencia-CSJN-Álvarez de Calderón, Enriqueta Nora -FFAA-Liquidación de suplementos que integran el ítem "sueldo" del haber mensual-18/06/2013
Jurisprudencia- CACCyCA de 1a Nominación de Río Cuarto- Fisco de la Pcia. de Córdoba c. Carobolante, Néstor Hugo y otros s/ejecutivo (Expte. 559919)-Prescripción tributaria-17/05/2013
Jurisprudencia-CNACAF-"Alfred C Toepfer International SRL c/EN-Dtos 916/04 188/07 s/proceso de conocimiento" -IMPUESTO A LAS GANANCIAS - 25/04/2013
Jurisprudencia-CNACAF-"Alfred C Toepfer International SRL c/EN-Dtos 916/04 188/07 s/proceso de conocimiento" -IMPUESTO A LAS GANANCIAS - 25/04/2013
IMPUESTO A LAS GANANCIAS. Planteo de inconstitucionalidad del art. 1,
inc. h), párr. primero y último, y del art. 2 del decreto 916/04. Improcedencia.
Falta de acreditación de un perjuicio concreto y diferenciado. Ausencia de causa
o controversia. Ley 25.784
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Jurisprudencia-CNACAF- "T 6 Industrial SA (TF 25705-I) c/DGI" - IMPUESTO A LAS GANANCIAS- Ley Ganancias art.81 inc a)-17/04/2013
Jurisprudencia-CNACAF- "T 6 Industrial SA (TF 25705-I) c/DGI" - IMPUESTO A LAS GANANCIAS- Ley Ganancias art.81 inc a)-17/04/2013 .
Omisión parcial de pago de impuesto.
Declaración jurada inexacta. Implementación por parte del contribuyente del
aplicativo FACU-1. MULTA. Art. 45 de la ley 11.683. Alegación de ERROR
EXCUSABLE. Límite a la deducibilidad de los intereses financieros. Art. 81, inc.
a) de la ley del impuesto a las ganancias, texto, según la reforma introducida
por la ley 25.063
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DECRETO 1006/2013-IMPUESTO A LAS GANANCIAS-Primera cuota Sueldo Anual Complementario Año 2013. Incremento de la deducción especial establecida en el inciso c) del artículo 23 de la Ley 20628
DECRETO 1006/2013-IMPUESTO A LAS GANANCIAS-Primera cuota Sueldo Anual Complementario Año 2013. Incremento de la deducción especial establecida en el inciso c) del artículo 23 de la Ley 20628
RESOLUCION GENERAL 3512/2013-AFIP-SEGURIDAD SOCIAL-Cómputo de los plazos
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RESOLUCION GENERAL 3511/2013-AFIP- Ley de ética de la función pública. Declaraciones juradas patrimoniales.
RESOLUCION GENERAL 3511/2013-AFIP- Ley de ética de la función pública. Declaraciones juradas patrimoniales.
DECRETO 895/2013-ÉTICA PÚBLICA-Carácter público de las declaraciones juradas patrimoniales integrales de los funcionarios públicos.
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NOTA: Jubilados y pensionados bonaerenses cobrarán haberes desde el martes 30 de julio
Jurisprudencia-CSJN- Impuesto a los Sellos-Banco Nación c. Pcia de Cordoba s/ acción contencioso administrativa-04/06/2013
RESOLUCION 4/2013-CONSEJO NACIONAL DEL EMPLEO, LA PRODUCTIVIDAD Y EL SALARIO MINIMO, VITAL Y MOVIL (C.N.E.P. y S.M.V. y M.)- Fijación del SMVyM-25/07/2013
Nota: La AFIP ya recaudó $ 4500 millones por el recargo al consumo con tarjeta en el exterior
Por la retención fiscal aplicada desde hace 10 meses, la AFIP recaudó 4500 millones de pesos con el cobro del recargo a los consumos en el exterior, con un pico de $ 1089 millones en mayo último. En cambio, las devoluciones del fisco a los contribuyentes con ingresos superiores a los $ 250.000 brutos anuales no llegaron a los $ 200 millones. La devolución se da en razón de que la AFIP realiza las retenciones como anticipos del pago anual de los impuestos a las ganancias y a los bienes personales.
Dentro de la suma total de la recaudación , el organismo que conduce Ricardo Echegaray sumó a las arcas fiscales casi $ 3500 millones por los gastos pagados con tarjetas de crédito y débito en el exterior.
Las cifras oficiales, a las que accedió LA NACION, reflejan la fuerte evolución de estos ingresos, que comenzaron a regir con una tasa del 15% en septiembre de 2012 y pasaron al 20% a partir del 18 de marzo último para tratar de acotar la salida de divisas en el sector turismo.
Pese a este importante caudal de recursos, en la AFIP negaron, como trascendió tiempo atrás, que se vaya a aumentar nuevamente la alícuota, una estrategia que igualmente se utilizó cuando regía la tasa del 15%. "No tiene sentido, porque es un pago a cuenta de Ganancias y Bienes Personales, así que, en realidad, lo que se recauda luego se devuelve", explicó una fuente de la AFIP.
Esa premisa, en realidad, se cumple parcialmente, ya que la devolución "automática" se hace para aquellos que son empleados en relación de dependencia y presentan declaraciones juradas en forma regular, mientras que requiere un trámite especial para el resto de los contribuyentes, bajo la lógica presunción de que podrían estar encubriendo gastos no declarados.
Además, la devolución, como ocurre con otras deducciones o pagos a cuenta, se hace en el año fiscal siguiente, con el consecuente perjuicio financiero para los contribuyentes por la inflación. De hecho, las devoluciones a los empleados en relación de dependencia que ganan más de $ 250.000 anuales brutos ascendieron a $ 180 millones; para los autónomos y monotributistas, sujetos a un trámite especial para la devolución, se aprobaron giros por 12 millones de pesos.
"Un 80% de las presentaciones fueron de empleados en relación de dependencia; del resto hubo pocas solicitudes", indicó la fuente de la AFIP.
El total percibido fue de $ 4576 millones en 10 meses, comenzando por $ 10.301.487 en septiembre de 2012 hasta los $ 868.709.752 del mes pasado. En marzo, cuando la tasa pasó del 15 al 20%, la suma llegó a 466.709.392 pesos.
La cuenta es de $ 3487 millones si se computan sólo los consumos con tarjeta, que arrancaron en $ 10 millones y pasaron a $ 533.629.117 el mes pasado, con un pico de $ 694.820.493 en mayo.
La misma tendencia (un fuerte salto hacia arriba desde el inicio, pero una baja entre mayo y junio) se observa en el caso del cobro del adicional para los paquetes turísticos y los pasajes al exterior. En el primer caso, se recaudaron $ 228.900.862 desde marzo pasado, cuando comenzó a regir esta tasa para el sector, pasando de $ 11.706.784 a $ 64.694.887 el mes pasado; en el segundo, fueron $ 860.787.364, que pasaron de 37.929.315 a 270.385.749 en el mismo período.
Estas medidas adoptadas por la AFIP en reemplazo de una devaluación o un desdoblamiento cambiario formal, buscaron mejorar la competitividad de la economía por la vía fiscal. Además, reforzaron las cuentas públicas en un momento complejo (por primera vez desde 1996, en 2012 se registró un déficit fiscal primario que seguramente se repetirá este año), a través del gravamen a las transacciones realizadas (primero en dólares y luego también en pesos) para la adquisición de pasajes, hoteles y otras operaciones (físicas y por Internet). El propio Echegaray había admitido que los cambios son "parte de la política fiscal destinada a que podamos recaudar mejor".
Pese a que logró un claro beneficio fiscal, la ventaja no parece tan nítida en términos cambiarios, por la fallida intención de querer acortar la brecha entre el dólar legal y el paralelo, que se mantuvo en un promedio de 50%, aunque llegó a duplicarlo en mayo. El tributarista Eugenio De Mayolas dijo a LA NACION que "la medida no desincentivó los consumos, aunque disminuyó la brecha entre el cambio oficial y el paralelo en los casos en que los titulares opten por no computarlas como pago a cuenta de Ganancias o Bienes Personales".
De hecho, luego de adoptar estas medidas, que fueron digeridas de a poco por el sector del turismo, el Gobierno lanzó el blanqueo, que en sus primeras cuatro semanas rondó apenas los $ 10 millones, lejos del objetivo planteado de $ 4000 millones hasta fines de septiembre próximo.
Publicado en: en:http://www.lanacion.com.ar//1605331-la-afip-ya-recaudo-4500-millones-por-el-recargo-al-consumo-con-tarjeta-en-el-exterior?utm_source=n_tip_nota1&utm_medium=titularP&utm_campaign=NLEco
NOTA: La Argentina Firmó un Acuerdo con Colombia Para Evitar el Lavado de Activos
El acuerdo fue firmado por el titular de la Unidad de Información Financiera (UIF), José Sbattella, y su par de la Unidad de Información y Análisis Financiero (UIAF) de Colombia, Luis Edmundo Suárez Soto.
"El intercambio de información clave en la lucha del lavado de activos y financiación del terrorismo que impulsa cada organismo en su país" será permitido por el acuerdo entre las dos naciones.
Cabe destacar que del encuentro participaron delegaciones de Argentina, Bolivia, Brasil, Chile, Colombia, Costa Rica, Cuba, Ecuador, México, Panamá, Paraguay, Perú y Uruguay.
Con este acuerdo, las unidades antilavado podrán recabar información, de forma confidencial, que sea de utilidad par la investigación de los delitos de lavado de activos y financiamiento del terrorismo.
Además, las entidades se comprometieron a trabajar en forma conjunta y coordinada para desarrollar capacitación, estudios estratégicos y metodologías analíticas que mejoren los procesos y resultados.
NOTA: El Tribunal Fiscal negó la responsabilidad solidaria del trabajador sobre Ganancias
EN UNA CAUSA POR NO RETENCIÓN LE DIJO A LA AFIP QUE VAYA SOBRE LA EMPLEADORA
El Tribunal Fiscal negó la responsabilidad solidaria del trabajador sobre Ganancias
En este marco, a Daniele, que era una empleada de la Cámara de Senadores de la provincia de Santa Fe, no le hicieron retenciones sobre ciertos gastos protocolares, porque la empleadora entendió que el Decreto provincial tenía la misma entidad que la decisión del Congreso nacional, aunque se excedía de lo que ella establecía.
Luego, la AFIP le hizo una determinación de oficio a Daniele por el Impuesto a las Ganancias no declarado sobre los gastos protocolares, le liquida intereses resarcitorios y le aplica una multa equivalente al 80% del gravamen dejado de ingresar en los años 2000 a 2002. La mujer apela al Tribunal Fiscal.
Lo que sorprende del fallo es que no le dan la razón a la AFIP y le dicen a la AFIP que no debería haber determinado a Daniele, sino a la Cámara de Senadores de la provincia de Santa Fe, porque el contribuyente está excluido de toda responsabilidad, dijo Fernández.
Para la Sala D, del Tribunal, el que está obligado por Ley de Procedimientos a retener y por negligencia no lo hace, disponiendo de los fondos, es el empleador. Y esto a pesar de que la Resolución 2437 que regula todo lo atinente al sistema retentivo al trabajo en relación de dependencia, dice que el empleado cuando el empleador no le retiene es solidariamente responsable de inscribirse y pagar la diferencia.
Tuvo en cuenta en que el Estado es al mismo tiempo empleador y el que dicta las normas.
NOTA: La situación financiera de Anses y la evolución del Fondo de Garantía de Sustentabilidad
En los últimos años la participación en las funciones de gasto de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) se ha incrementado, tanto por mayores erogaciones en el plano de la previsión y asistencia social, como por la creación de nuevas funciones de gasto.
Dentro del primer componente planteado se encuentra la ampliación del universo de cobertura jubilatoria (a través de las moratorias previsionales) y la creación de la Asignación Universal por Hijo y por Embarazo.
En el segundo plano se encuentran gastos no vinculados directamente con las prestaciones de jubilaciones y pensiones, las asignaciones familiares o las prestaciones por desempleo. Entre ellos, programas como el Conectar Igualdad (que instrumenta la entrega de netbooks en escuelas públicas), el Pro.cre.ar (financiado a través del Fondo de Garantía de Sustentabilidad (FGS) de ANSES, para otorgar créditos hipotecarios) y el programa Argenta (política de créditos para jubilados y pensionados nacionales, financiado también con recursos del FGS de la ANSES).
Frente a esta creciente participación de la ANSES en el financiamiento de nuevos programas de gobierno, resulta interesante indagar sobre la evolución de las principales variables previsionales, como las referidas a la relación entre activos y pasivos y la evolución del resultado financiero de la ANSES.
La relación entre activos y pasivos del sistema
El sistema de Seguridad Social Nacional está configurado bajo un régimen de reparto, el cual implica un contrato intergeneracional por el cual los trabajadores activos realizan aportes en función de sus ingresos, los cuales son utilizados para financiar los haberes de los ciudadanos que concluyeron su vida laboral (principalmente por razones de edad) y las demás prestaciones propias de la cobertura de seguridad social de la población. En términos fiscales, el aporte presente genera una deuda implícita relacionada con la obligación de financiar en el futuro las prestaciones que le corresponderán a los actuales trabajadores activos y su entorno familiar.
Sin embargo, resulta una realidad que estos aportes y contribuciones no alcanzan a cubrir el total de erogaciones previsionales, básicamente por dos razones esenciales. En primer lugar, por cuanto existe una reducida relación entre la cantidad de aportantes y la de receptores de ingresos en el sistema, la cual se ubica en 1,7 activos por cada pasivo. Adicionalmente, si se computan las asignaciones universales por hijo que paga la ANSES, y se las transforma en jubilaciones equivalentes, la relación desciende a casi 1,6 activos por cada pasivo. En ambos casos, dicho ratio resulta significativamente inferior al que garantizaría que el sistema se sustente con los aportes de los actuales trabajadores activos, situación que requeriría de al menos 3 activos por cada pasivo.
Por otra parte, está el problema de la informalidad laboral. Esto es, aquellos trabajadores asalariados que no se encuentran registrados por su empleador, lo que implica que sobre aquellos no se realizan aportes personales ni contribuciones patronales al sistema de seguridad social.
La información da cuenta de que para el primer trimestre de 2013 el 32% de los asalariados se encuentran en esta situación. Este antecedente constituye una clara cuenta pendiente, tras una etapa favorable en materia de crecimiento económico sólo interrumpida por el impacto de la crisis financiera internacional en 2009 y algunas intermitencias ocurridas en 2012.
Si bien la informalidad laboral se contrajo desde casi un 50% en 2003 hasta el 32% actual, ha dejado de reducirse desde el año 2009, y alcanza aun a uno de cada tres asalariados.
Aporte de los Tesoros provinciales y nacional
Como se desprende del punto anterior, la baja relación activos / pasivos requiere que el sistema de jubilaciones nacionales cuente con una financiación mixta, que incluye aportes de carácter contributivos (aportes de los propios beneficiarios del sistema) como ingresos no contributivos, proveniente de las rentas generales del Estado.
En este sentido, cabe aclarar que un 37% de los ingresos de la ANSES en 2012 provinieron de los impuestos, es decir, que fueron aportados por el Tesoro Nacional y los Tesoros Provinciales, dado que dichos recursos se detraen del sistema de coparticipación federal de impuestos.
Dichas detracciones a la coparticipación federal de impuestos, para financiar el sistema nacional de seguridad social, insumieron el equivalente a 4,4% del PIB en los últimos 12 meses (abril de 2012 a marzo de 2013), de los cuales 2,6% del PIB fueron aportados por los gobiernos provinciales. Algunos de ellos recuperaran luego una porción de esos recursos por transferencias que realiza ANSES para financiar sus sistemas previsionales locales (o alternativamente, la ANSES se hace cargo de financiar el déficit de sus Cajas de Jubilaciones provinciales), pero eso no ocurre con todas las provincias (por ejemplo, desde 2012 no reciben recursos las provincias de Santa Fe y Córdoba).
Contabilizando los mencionados ingresos tributarios, la ANSES mostró en 2012 un superávit financiero equivalente a 1,1% del PIB. No obstante ello, si no se tienen en cuenta dichos recursos tributarios detraídos de la coparticipación (y sólo se computan los aportes y contribuciones a la seguridad social), la ANSES hubiese mostrado un déficit financiero del 3,4% del PIB en 2012, desequilibrio creciente desde 2009, y similar al que existía en 2003 y 2004.
Los aportes de las provincias para financiar al sistema de previsión social nacional superaron los $54 mil millones en el año 2012 y el estimado para 2013 es de $72 mil millones.
Resalta la importancia de las detracciones efectuadas en los [últimos 12 meses a los recursos que hubiesen correspondido a la provincias de Buenos Aires (más de $15 mil millones), Córdoba y Santa Fe (alrededor de $6,2 mil millones en ambos casos). Estas dos últimas mantienen una tensa relación con la ANSES por el conflicto relacionado al financiamiento de los déficits de sus organismos provinciales no transferidos, en función de los convenios de armonización previsional acordados con el organismo nacional. Esto es, aportan algo más de $6 mil millones anuales para financiar la ANSES, pero no reciben de ésta recursos que ayuden a financiar los déficit de sus sistemas locales de previsión social.
Nuevos beneficiarios del sistema
Como antes se mencionó, el sistema de seguridad social nacional incorporó masivamente nuevos beneficiarios en los últimos años, a través del régimen de moratorias previsionales, lo cual se pudo realizar básicamente por tres motivos: 1) Crecimiento de la recaudación previsional desde 2003, por mayor empleo y mejores salarios, e inicialmente también por alguna reducción en los niveles de informalidad laboral. Así, la recaudación por aportes y contribuciones subió desde un 3,3% del PIB en 2003 al 7,9% en 2012;
2) Crecimiento en la recaudación tributaria que se asigna a la ANSES, que se detrae de la coparticipación federal de impuestos, que pasó de representar 2,7% del PIB en 2003 a 4,3% en 2012.
3) Actualización incompleta de las jubilaciones mayores a la mínima tras la devaluación de 2002, de modo que se está momentáneamente evitando pagar mayores jubilaciones a una porción de los jubilados (hasta tanto dicha situación se normalice y se reconozca una deuda previsional que ahora resulta implícita).
Evolución del Fondo de Garantía de Sustentabilidad
El Fondo de Garantía de Sustentabilidad constituye la reserva de recursos de la ANSES para financiar las jubilaciones del futuro. Está formado por los fondos que antes administraban las AFJP. Para cumplir con su cometido, dicho fondo debiera aumentar nominalmente en el tiempo al ritmo de los haberes jubilatorios, de modo de garantizar el pago de jubilaciones futuras. Ello se vuelve más importante en una economía con inflación, en que si las inversiones del FGS no siguen a la par a la suba de precios, el fondo tiende a desvalorizarse en el tiempo.
En términos nominales, se observa un crecimiento acumulado del 234% en el FGS a partir de su administración por parte del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) en diciembre de 2008, alcanzando un valor de $264.861 millones a marzo de 2013. Mostró un importante incremento en el primer trimestre del año, luego de un deficiente desempeño en igual periodo del año pasado.
En términos reales, el FGS muestra a Marzo de 2013 un nivel 47% superior al momento de la estatización de los fondos de las AFJP, aunque este valor resulta 6,4% inferior al mayor valor alcanzado en diciembre de 2010. Luego de este máximo logrado por la buena performance observada por las acciones y títulos de deuda locales, el FGS fue perdiendo valor en términos reales ($11.051 millones en 21 meses) hasta alcanzar un mínimo entre agosto y septiembre de 2012. A partir de dicho momento se observó una recuperación producto de la buena rentabilidad alcanzada por los títulos de deuda y acciones que administra el FGS en el último trimestre de 2012 y primero de 2013, recuperando $5.224 millones en valores constantes desde el mínimo mencionado.
No obstante lo anterior, es importante destacar que a partir de marzo de 2013 tanto las acciones líderes del MERVAL como los principales títulos de deuda soberana entraron en una tendencia decreciente, explicado en una primera instancia por la toma de ganancias y luego influenciado por el entorno de incertidumbre institucional de los últimos meses, de modo que podría volver a la evolución negativa en términos reales el segundo trimestre de 2013.
El efecto de la pérdida de valor en términos relativos del FGS, respecto a valores del año 2010, también puede observarse si la comparación se realiza en términos del PBI.
No obstante, en los dos últimos trimestres dicho ratio recupera alguna participación, luego de pasar por varios meses de declive, aunque sin recuperar todavía el valor máximo alcanzado a finales de 2010.
No obstante lo analizado, si bien aun no se dispone de información oficial de la ANSES acerca de la evolución del FGS en el segundo trimestre de 2013, desde el mes de mayo tanto la ANSES como el Banco Nación se habrían desprendido de una proporción de títulos cercana al 20%, en pos de reducir el valor del llamado dólar fuga (contado con liqui).
Entre los objetivos del FGS se destaca la finalidad de atenuar impactos financieros negativos sobre el sistema de previsión nacional, respondiendo si fuera necesario a las obligaciones de gastos mensuales de la ANSES relacionadas al pago de jubilaciones y pensiones. Resulta interesante por tanto analizar la capacidad de responder ante estas obligaciones y su evolución en el tiempo. Considerando la relación entre el monto del Fondo de Garantía de Sustentabilidad y el acumulado de las erogaciones en concepto de Seguridad Social por doce meses, se tiene que la misma asciende a 94% con el último dato de 2013, contra un 136% en octubre de 2009, el máximo valor de la serie.
La última cifra indica que con el FGS actual podrían pagarse aproximadamente 11 meses de jubilaciones, si se lo usara en forma exclusiva con ese destino, cuando a fines de 2009 podrían haberse abonado más de 16 meses de jubilaciones. Resulta clara la pérdida de capacidad del FGS para pagar jubilaciones en el tiempo, en un contexto de inflación elevada e inversiones que logran rendimientos por debajo de la tasa de inflación, licuando el valor del activo en el tiempo. No obstante, se observa una ligera recuperación en este indicador en los primeros meses de 2013. l
(*) economistas, Fundación Mediterránea
NOTA: El Gobierno emite letras y bonos por unos u$s791,5 millones
El primero de los títulos, por u$s350,1 millones, se colocó a un plazo de 365 días con fecha de emisión 19 de abril de 2013. Y el segundo, por u$s116,6 millones a 364 días, tiene fecha de emisión el 23 de abril de 2013.
Por su parte, la emisión de dos 'Bonos del Tesoro Nacional en Pesos 2016' totaliza unos $1.735 millones, representativos de unos 324,8 millones de dólares, según informa la agencia noticiosa Reuters.
Los bonos corresponden a una emisión por $985 millones con fecha de emisión 1 de junio de 2012 y vencimiento 1 de diciembre de 2016, y la ampliación de otra por $750 millones con fecha de emisión 4 de septiembre de 2012.
De esta manera, el Gobierno vuelve a acudir a entidades oficiales para acceder a fondos que le permitan cumplir con sus obligaciones financieras.
Resolución Conjunta Nros 84 y 341 (S.F. y S.H.) (B.O. N° 32.669 del 2013-06-28)
NOTA: La AFIP incrementa un 26% sus fiscalizaciones en el país
Para el titular del organismo, Ricardo Echegaray, estos incrementos "se generaron a partir de la aplicación integral y conjunta de los diversos tipos de fiscalizaciones" tanto en lo que hace a impuestos, comercio exterior, como recursos de la seguridad social. El funcionario precisó luego que se finalizaron 584.668 acciones de fiscalización en materia impositiva y de seguridad social un 13,6% por sobre el ejercicio 2011. (Télam)
NOTA: La ANSES no renueva plazos fijos y presiona para que suban las tasas
Fuentes oficiales confirmaron las operaciones y adelantaron que los retiros continuarían en el futuro: "Esto sigue para adelante según cómo evolucione la Badlar", dijeron.
Los bancos detectaron unos $400 millones en unas ocho entidades, pero se pudo confirmar que todas las entidades privadas que cuentan con depósitos de la ANSES fueron afectadas por la decisión. La quita fue tal que un banco de primera línea que se fondea con ahorristas minoristas ayer aceptó pagar por fondos institucionales.