Circular 108/14 - ANSeS (DAFyD) - Modificación del cálculo del ingreso para las trabajadoras SDM (Sistema SIPA)
*Para cada transferencia en SIPA O01 se computa una cantidad mínima de horas semanales, las que se multiplican por cuatro, para establecer la cantidad mínima de horas mensuales, y luego dicho resultado se vuelve a multiplicar por el valor de la hora establecido.
*Se computa el Ingreso Asociado Mensual según lo detallado anteriormente.
Buenos Aires, 12 de diciembre de 2014
Se informa que según la Resolución 1062/14, emitida por el Ministerio de Trabajo y Seguridad social, el valor de la hora del Servicio Doméstico se actualizó, y a partir del 09/2014 el valor de la misma es de $30,00 (pesos treinta).
A fin de actualizar el monto a considerar para el IGF, se efectuaron los requerimientos informáticos necesarios para que los sistemas liquidadores de AAFF realicen el cómputo de acuerdo al siguiente cuadro de ingreso mensual:
*Para cada transferencia en SIPA O01 se computa una cantidad mínima de horas semanales, las que se multiplican por cuatro, para establecer la cantidad mínima de horas mensuales, y luego dicho resultado se vuelve a multiplicar por el valor de la hora establecido.
Por ejemplo:
Transferencia en SIPA O01= $12
Horas semanales 6 x 4 (semanas) = 24 horas mensuales
24 x $30 (valor hora) = $720 Ingreso Asociado Mensual
Horas semanales 6 x 4 (semanas) = 24 horas mensuales
24 x $30 (valor hora) = $720 Ingreso Asociado Mensual
Asimismo se informa que a partir de 01/2015 el valor de la hora será de $33,00. La tabla correspondiente al ingreso mensual asociado será la siguiente:
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