Mostrando entradas con la etiqueta Convenio Multilateral. Mostrar todas las entradas
Mostrando entradas con la etiqueta Convenio Multilateral. Mostrar todas las entradas

#Convenio Multilateral Normativa DISPOSICIÓN 1/2025 (C.A.C.M.) SIFERE declaraciones juradas y pagos - B.O. 06/01/2025

Se tiene por cumplidas al 26 de diciembre de 2024 las presentaciones de las declaraciones juradas y pagos correspondiente al Impuesto sobre los Ingresos Brutos-Convenio Multilateral (SIFERE) desde el día 26 de diciembre de 2024 hasta el 14 de enero del corriente inclusive.



Envíenos su consulta 👉🏼

COMISIÓN ARBITRAL CONVENIO MULTILATERAL DEL 18.8.77

Disposición 1/2025

Ciudad de Buenos Aires, 02/01/2025

VISTO:

La Disposición de Presidencia N° 8/2024; y,

CONSIDERANDO:

Que por la Disposición antes dicha, se tiene por cumplidas, en razón de verificarse inconvenientes técnicos para el uso del Sistema SIFERE WEB, las presentaciones de las declaraciones juradas y pagos correspondiente al Impuesto sobre los Ingresos Brutos-Convenio Multilateral (SIFERE) desde el día 26 de diciembre de 2024 hasta el 6 de enero de 2025 inclusive, al 26 de diciembre de 2024.

Que, dado que continúan los inconvenientes técnicos para el uso del Sistema SIFERE WEB, que impiden cumplir con las presentaciones y pagos de los contribuyentes correspondiente al Impuesto sobre los Ingresos Brutos-Convenio Multilateral (SIFERE), resulta necesario extender ese plazo para tener por cumplidas las presentaciones y pagos desde el día 26 de diciembre de 2024.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA COMISIÓN ARBITRAL DEL CONVENIO MULTILATERAL DEL 18.8.77

DISPONE:

ARTÍCULO 1º.- Téngase por cumplidas al 26 de diciembre de 2024 las presentaciones de las declaraciones juradas y pagos correspondiente al Impuesto sobre los Ingresos Brutos-Convenio Multilateral (SIFERE) desde el día 26 de diciembre de 2024 hasta el 14 de enero del corriente inclusive.

ARTÍCULO 2º.- Comuníquese la presente disposición a las jurisdicciones adheridas para que dicten, de corresponder, las normas complementarias de lo dispuesto en el artículo anterior.

ARTÍCULO 3º.- Publíquese por un (1) día en el Boletín Oficial de la Nación, y archívese.

Luis María Capellano

e. 06/01/2025 N° 245/25 v. 06/01/2025

Fecha de publicación 06/01/2025


*************************************************






¡Seguinos en nuestras redes sociales! haciendo click 👇 

                




#CONVENIO MULTILATERAL Normativa Disposición 8/2024 COMISIÓN ARBITRAL SIFERE Publicada en el BO 03/01/2025

Se tendrá por cumplidas las presentaciones de las declaraciones juradas y pagos correspondiente al Impuesto sobre los Ingresos Brutos-Convenio Multilateral (SIFERE), desde el día 26 de diciembre del corriente hasta el 6 de enero de 2025 inclusive, al 26 de diciembre de 2024.
Envíenos su consulta 👉🏼

COMISIÓN ARBITRAL CONVENIO MULTILATERAL DEL 18.8.77

Disposición 8/2024

Ciudad de Buenos Aires, 30/12/2024

VISTO:

El sistema SIFERE WEB por el que se presentan las declaraciones juradas –Formularios CM03 y CM04– y pago del Impuesto sobre los Ingresos Brutos correspondiente a contribuyentes comprendidos en el Convenio Multilateral (SIFERE); y,

CONSIDERANDO:

Que a partir del día 26 de diciembre del corriente a las 8:15hs. se verifican inconvenientes técnicos para el uso del Sistema SIFERE WEB, que impiden cumplir con las presentaciones y pagos de los contribuyentes, en un 0.07% de las obligaciones tributarias.

Que en virtud de lo precedentemente expuesto, se estima pertinente tener por cumplidas las presentaciones y pagos desde el día 26 de diciembre del corriente hasta el 6 de enero de 2025 inclusive, al 26 de diciembre de 2024.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA COMISIÓN ARBITRAL DEL CONVENIO MULTILATERAL DEL 18.8.77

DISPONE:

ARTÍCULO 1º.- Téngase por cumplidas las presentaciones de las declaraciones juradas y pagos correspondiente al Impuesto sobre los Ingresos Brutos-Convenio Multilateral (SIFERE), desde el día 26 de diciembre del corriente hasta el 6 de enero de 2025 inclusive, al 26 de diciembre de 2024.

ARTÍCULO 2º.- Comuníquese la presente disposición a las jurisdicciones adheridas para que dicten, de corresponder, las normas complementarias de lo dispuesto en el artículo anterior.

ARTÍCULO 3º.- Publíquese por un (1) día en el Boletín Oficial de la Nación, y archívese.

Luis María Capellano

e. 03/01/2025 N° 94802/25 v. 03/01/2025

Fecha de publicación 03/01/2025


*************************************************






¡Seguinos en nuestras redes sociales! haciendo click 👇 

                




#ConvenioMultilateral Normativa RESOLUCIÓN GENERAL 14/2024 (C. A. C. M.) SIRCREB - B.O. 30/12/2024

En la edición del Boletín Oficial N° 35.568 del día lunes 16 de diciembre de 2024, donde se publicó la citada norma, en la página 38, aviso N° 90598/24, se deslizaron errores en el anexo emitido por el organismo emisor. Fechas de vencimiento para la presentación y pago de declaraciones juradas correspondientes al período fiscal 2025. 
Envíenos su consulta 👉🏼

NOTA ACLARATORIA COMISIÓN ARBITRAL CONVENIO MULTILATERAL DEL 18.8.77

Resolución General 14/2024

En la edición del Boletín Oficial N° 35.568 del día lunes 16 de diciembre de 2024, donde se publicó la citada norma, en la página 38, aviso N° 90598/24, se deslizaron los siguientes errores en el anexo emitido por el organismo emisor:

Donde dice:

Trimestre1ro/202401/01 al 31/03/202515/04/2025Informativa

Debe decir:

Trimestre1ro/202501/01 al 31/03/202515/04/2025Informativa

Donde dice:

Trimestre2do/202401/04 al 30/06/202516/07/2025Informativa

Debe decir:

Trimestre2do/202501/04 al 30/06/202516/07/2025Informativa

Donde dice:

Trimestre3ro/202401/07 al 30/09/202517/10/2025Informativa

Debe decir:

Trimestre3ro/202501/07 al 30/09/202517/10/2025Informativa

Donde dice:

Trimestre4to/20241/10 al 31/12/202515/01/2026Informativa

Debe decir:

Trimestre4to/202501/10 al 31/12/202515/01/2026Informativa

e. 30/12/2024 N° 93919/24 v. 30/12/2024

Fecha de publicación 30/12/2024



*************************************************






¡Seguinos en nuestras redes sociales! haciendo click 👇 

                




#CONVENIOMULTILATERAL Normativa Resolución General 17/2024 ordenamiento de resoluciones generales Publicada en el BO 30/12/2024

Se actualiza el ordenamiento de resoluciones generales contenidas en la Resolución General Nº 15/2023 (y Resolución General CA N.° 5/2024), reemplazándolo por el anexo adjunto.


Envíenos su consulta 👉🏼

COMISIÓN ARBITRAL CONVENIO MULTILATERAL DEL 18.8.77

Resolución General 17/2024

Ciudad de Buenos Aires, 11/12/2024

VISTO:

La Resolución General Nº 1/2005; y,

CONSIDERANDO:

Que la citada resolución en su artículo 4º establece que la Comisión Arbitral actualizará anualmente el contenido de dicho ordenamiento.

Que, en consecuencia, corresponde incorporar las Resoluciones Generales: Resolución General N° 3/2024 (Aprueba servicio de PAGO 360-POWDER SA Agentes SIRCAR), Resolución General N° 11/2024 (SIRTAC-Reglas y/o pautas comunes para ser observadas en las normas locales con relación a los contribuyentes alcanzados), Resolución General N° 12/2024 (Vencimientos SIFERE 2025), Resolución General N°13/2024 (Vencimientos SIRCAR 2025), Resolución General N° 14/2024 (Vencimientos SIRCREB 2025), Resolución General N° 15/2024 (Vencimientos SIRTAC 2025), Resolución General N° 16/2024 (Vencimientos SIRCUPA 2025).

Que, por otra parte, es preciso aclarar que para obtener una norma que unifique las dictadas, es necesario introducir cambios formales relacionados a la adecuación y numeración del articulado original para que resulten compatibles y armonicen en el nuevo texto que las integra.

Que el presente ordenamiento no incluye resoluciones generales o artículos de resoluciones generales que, aunque no estén expresamente derogadas, hayan caído en desuso por el transcurso del tiempo o por haberse dictado para una situación o periodo determinado pasado. Tampoco se encuentran incluidas las resoluciones generales de los vencimientos correspondientes al período fiscal en curso (excepto DDJJ anual 2024) y anteriores, sin perjuicio de la vigencia a todos los efectos de las mismas.

Que, asimismo, se excluye del presente ordenamiento el Reglamento Procesal de la Comisión Arbitral y de la Comisión Plenaria, el Reglamento para la Contratación de Bienes, Obras y Servicios de la Comisión Arbitral, y sus respectivas resoluciones complementarias, en atención a la especificidad de dichas normas.

Por ello,

LA COMISIÓN ARBITRAL (CONVENIO MULTILATERAL DEL 18.08.77)

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Actualizar el ordenamiento de resoluciones generales contenidas en la Resolución General Nº 15/2023 (y Resolución General CA N.° 5/2024), reemplazándolo por el anexo adjunto que se aprueba y forma parte integrante de la presente y que se incorpora en la página web de la Comisión Arbitral (www.ca.gov.ar).

ARTÍCULO 2º.- Publíquese por un (1) día en el Boletín Oficial de la Nación, comuníquese a las jurisdicciones adheridas y archívese.

Fernando Mauricio Biale - Luis María Capellano

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución General no se publica/n.

e. 30/12/2024 N° 93890/24 v. 30/12/2024

Fecha de publicación 30/12/2024


*************************************************






¡Seguinos en nuestras redes sociales! haciendo click 👇