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#SeguridadSocial #Beneficios previsionales, reajuste jubilatorio, acuerdo de partes #Jurisprudencia #Fallo Atienza, Marta Araceli c/ A.N.Se.S. s/ Reajustes varios

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SENTENCIA: CAMARA FEDERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL. CAPITAL FEDERAL, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, Magistrados: Luis René Herrero - Nora Carmen Dorado 12/10/2018

No corresponde aplicar el mecanismo de actualización previsto en el art. 5° de la ley 27.260 (RIPTE), toda vez que el actor no adhirió al programa de Reparación Histórica ni suscribió el acuerdo transaccional que ella reglamenta.

Corresponde declarar la inconstitucionalidad del art. 9 inc 3) de la Ley 24.463, en el supuesto que en la etapa de liquidación de la sentencia se acredite que la aplicación de los topes sobre el haber previsional del actor genera una quita superior al 15% -límite de confiscatoriedad establecido por el Alto Tribunal en "Actis Caporale, Laureano", (Fallo: 323:4216).







publicado en SAIJ: FA18310080




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