Establecer la operatoria a seguir en la aplicación de la Ley Nº 26.475.
Desde la determinación de extinción de los Beneficios obtenidos en reconocimiento del desempeño como Presidente de la Nación, Ministros, Secretarios, o Subsecretarios de Estado, durante el periodo 24/03/1976 al 10/12/1983, otorgados al amparo de regímenes o leyes especiales, hasta la evaluación del derecho a la percepción de un beneficio de la ley general.
Desde la determinación de extinción de los Beneficios obtenidos en reconocimiento del desempeño como Presidente de la Nación, Ministros, Secretarios, o Subsecretarios de Estado, durante el periodo 24/03/1976 al 10/12/1983, otorgados al amparo de regímenes o leyes especiales, hasta la evaluación del derecho a la percepción de un beneficio de la ley general.
Asimismo la Gerencia de Asuntos Jurídicos a través del Dictamen Nº 40719, de fecha 20 de marzo de 2009, se ha expedido con relación a distintos aspectos de la ley Nº 26475, en función de lo cual corresponde brindar las pautas para su aplicación.
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