Jurisprudencia-Cámara Federal de Apelaciones de la Seguridad Social, sala II -autos “Giménez, Mabel N. v. ANSeS”-Haber de las prestaciones- Ejecución de sentencias - 26/06/2012
En autos “Giménez, Mabel N. v. ANSeS” se determinó que aprobada la liquidación en cuanto ha lugar por derecho, la misma no puede revisarse por cualquier causa sino solamente en la medida que las cuentas ya aprobadas no reflejen aritméticamente el monto de la condena judicial.
En autos “Giménez, Mabel N. v. ANSeS” se determinó que aprobada la liquidación en cuanto ha lugar por derecho, la misma no puede revisarse por cualquier causa sino solamente en la medida que las cuentas ya aprobadas no reflejen aritméticamente el monto de la condena judicial.