#SeguridadSocial Doctrina “Mínimo no imponible” del Consejo Nacional de Coordinación de Políticas Sociales Publicada en (novedadeseconomicas.ieral.org)

El documento “Mínimo no imponible” del Consejo Nacional de Coordinación de Políticas Sociales propone reformular el esquema de contribuciones patronales aplicando el mínimo sobre la masa salarial total de la empresa y no por trabajador, incorporando progresividad y focalización en las pequeñas empresas. Las estimaciones allí presentadas permiten dimensionar mejor el dilema fiscal. En el documento, se estima que distintos escenarios de mínimo no imponible tendrían un costo anual de 0,05% a 0,23% del PIB, dependiendo del monto seleccionado, con generación simultánea de empleos registrados.

Envíenos su consulta 👉🏼









¡Seguinos en nuestras redes sociales! haciendo click 👇 

                




#SeguridadSocial Nota Reforma laboral: Mínimo no imponible como alternativa al Fondo de Asistencia Laboral publicado en (novedadeseconomicas.ieral.org) 19/02/2026

Reducir los costos asociados al empleo formal es, sin dudas, una condición necesaria para mejorar el funcionamiento del mercado laboral argentino. Sin embargo, la discusión que se desarrolla en la Cámara de Diputados, tras la aprobación del proyecto en el Senado, plantea un desafío más profundo que una modificación puntual de las reglas laborales. La verdadera prueba de la reforma no será solo su capacidad para estimular la formalización, sino su consistencia fiscal y viabilidad en el tiempo.

El contexto en el que se debate la iniciativa es particularmente exigente. Entre el tercer trimestre de 2023 y el mismo período de 2025 se sumaron alrededor de 200 mil nuevos desocupados. Más que un deterioro puntual, el dato expone una dificultad persistente para generar empleo al ritmo que requiere una oferta laboral que puede seguir expandiéndose, en un país que aún transita su bono demográfico.

En el mismo período, la tasa de actividad se mantuvo por encima del 48% en niveles históricamente elevados. Esto refleja una participación laboral sostenida, explicada tanto por mayor disposición a trabajar como por la necesidad de recomponer ingresos en los hogares. En cualquier caso, la economía debe crear empleo de manera sostenida para evitar que el desempleo aumente.

Cuando esa dinámica no alcanza, el número de personas sin trabajo crece. Pero aun cuando se crean nuevos puestos, el desafío persiste. La expansión del empleo asalariado privado continúa siendo limitada, mientras que la informalidad gana terreno como resultado de una estructura productiva con dificultades para sostener empleo formal en el tiempo.

La evidencia muestra que el empleo asalariado privado, es decir, el segmento asociado a productividad, inversión y estabilidad, se ha mantenido prácticamente amesetado a lo largo de más de una década. En contraste, el trabajo informal no solo conserva un peso significativo dentro de la estructura ocupacional, sino que tiende a expandirse. Entre 2012 y 2025 el número de trabajadores informales creció en más de un millón de personas.


Este patrón sugiere que, cuando la economía enfrenta restricciones, el ajuste no ocurre únicamente vía desempleo. También se canaliza mediante vínculos laborales de baja calidad, escasa productividad y menor protección social. El problema, entonces, no es solo cuántos empleos se crean, sino qué tipo de empleo se está expandiendo.

En este marco, uno de los puntos más sensibles del debate actual es el impacto fiscal del Fondo de Asistencia Laboral (FAL), destinado a financiar indemnizaciones mediante una contribución patronal específica.

Más allá de su objetivo de reducir la incertidumbre asociada al despido, el diseño del FAL plantea algunos aspectos discutibles. Como fue señalado en el documento PAL sobre contribuciones patronales, su costo fiscal directo se estima en torno al 0,5% del PIB, un valor significativo en un contexto de restricción presupuestaria. Además, su impacto neto depende de que efectivamente se genere empleo formal adicional, algo que no está garantizado. A esto se suma un problema de diseño, una prima homogénea del 3% que puede resultar insuficiente para empresas con alta rotación donde cubriría solo una fracción de las indemnizaciones y, al mismo tiempo, generar acumulaciones excesivas en firmas con baja rotación y planteles más estables.

Ese diseño puede generar distorsiones e incentivos poco claros, además de mayor complejidad administrativas. Frente a este esquema, el mínimo no imponible aplicado sobre la masa salarial aparece como un instrumento más simple, focalizado y fiscalmente más acotado, ya que reduce de manera permanente la carga en los segmentos donde la informalidad es más elevada.

El documento “Mínimo no imponible” del Consejo Nacional de Coordinación de Políticas Sociales propone reformular el esquema de contribuciones patronales aplicando el mínimo sobre la masa salarial total de la empresa y no por trabajador, incorporando progresividad y focalización en las pequeñas empresas. Las estimaciones allí presentadas permiten dimensionar mejor el dilema fiscal. En el documento, se estima que distintos escenarios de mínimo no imponible tendrían un costo anual de 0,05% a 0,23% del PIB, dependiendo del monto seleccionado, con generación simultánea de empleos registrados.

Incluso bajo supuestos conservadores sobre la respuesta del empleo formal, los costos netos resultan significativamente menores que los asociados a una reducción generalizada de contribuciones. Además, al concentrar el beneficio en micro y pequeñas empresas se minimiza el riesgo de subsidiar puestos que ya eran formales, mejorando la eficiencia del esfuerzo fiscal.

La discusión de fondo no es si hay que modernizar el mercado laboral. Eso es indiscutible. La cuestión es elegir el instrumento que permita ampliar el empleo formal con el mayor impacto posible y el menor costo fiscal. En esa comparación, el mínimo no imponible ofrece una relación más equilibrada entre formalización e impacto sobre las cuentas públicas. La reforma laboral abre una oportunidad, que se traduzca en empleo registrado dependerá, en buena medida, del diseño que finalmente se adopte.




Envíenos su consulta 👉🏼



*************************************************






¡Seguinos en nuestras redes sociales! haciendo click 👇 

                




#SeguridadSocial Nota Fondo de Asistencia Laboral: qué plantea la iniciativa y cómo puede ayudar al mercado de capitales publicada en (infobae.com) 20/02/2026

La expectativa durante el tratamiento de la reforma laboral en Diputados se concentró en la votación en particular de la iniciativa del Fondo de Asistencia Laboral (FAL), uno de los ejes centrales del proyecto de modernización laboral impulsado por el Gobierno, que enfrentó objeciones tanto de la oposición como de sectores técnicos por su impacto potencial en el sistema previsional.

A pesar de que se eliminó el artículo 44, vinculado a licencias y cuya autoría aún se desconoce, el oficialismo no tenía garantizados los votos en particular en la Cámara de Diputados para aprobar el FAL, incluso tras introducir modificaciones durante el tratamiento en el Senado. Un sector de la oposición y miembros de bloques dialoguistas advertían que la nueva estructura podría desfinanciar la caja previsional. Finalmente, luego de largas horas de sesión, el Gobierno logró que se aprobara el FAL, que fue diseñado para cubrir indemnizaciones por despido en el sector privado.

El esquema fija aportes mensuales obligatorios para los empleadores, con tasas que varían según el tamaño de la empresa. Las grandes compañías deberán aportar el 1% de las remuneraciones, mientras que las micro, pequeñas y medianas empresas (MiPyMEs) estarán obligadas a contribuir con el 2,5% sobre esa misma base. Antes de los cambios aprobados en el Senado, no se diferenciaba por tipo de empresa y todas debían aportar un 3 por ciento.

El diseño del Fondo de Asistencia Laboral se transformó en un punto de fuerte debate legislativo y fue cuestionado por distintos actores económicos y técnicos. El Instituto de Estudios sobre la Realidad Argentina y Latinoamericana (IERAL), un centro de análisis económico, expuso objeciones técnicas sobre la forma de financiamiento del fondo y los efectos colaterales sobre el esquema previsional.

La contadora Elisabet Piacentini explicó que el artículo 61 del proyecto establece: “Las cuentas de los Fondos de Asistencia Laboral se conformarán con una contribución mensual obligatoria del uno por ciento para las grandes empresas y dos coma cinco por ciento para las micro, pequeñas y medianas empresas, de acuerdo a la ley PYME”. Piacentini aclaró que estos aportes se calculan sobre las remuneraciones que sirven de base para el resto de las cargas sociales. Así, “en el formulario de cargas sociales, ahora aparecerá que también se paga el dos coma cinco por ciento de este concepto”.

El artículo 77 de la norma incorpora una reducción en la contribución patronal. Según lo dispuesto, los empleadores que participen en el régimen del FAL, a excepción de quienes estén en el Régimen de Incentivo a la Formalización Laboral, podrán descontar el monto pagado al fondo de sus contribuciones patronales destinadas a la seguridad social.

“Si pagás, te lo descontás de los aportes a la seguridad social, a las cajas de jubilación. O sea, el efecto es neutro. En caso de ser una pyme, voy a tener que pagar 2,5% más de todos los sueldos, pero mi efecto va a ser neutro y voy formando un fondo que va a estar a nombre de mi empresa”, detalló Piacentini. En caso de despido, el empleador utilizaría ese fondo para cubrir la indemnización.

La implementación del FAL implica que el financiamiento de los despidos deje de depender directamente de las empresas y pase a un esquema de fondo acumulativo individualizado. Según la experta, el saldo de cada cuenta estará vinculado al empleador, quien utilizará esos recursos ante la eventualidad de afrontar una desvinculación. “El despido lo terminaría pagando la caja de jubilación del Estado”, advirtió la contadora. El mecanismo prevé que los fondos detraídos de la masa salarial se destinen a un fondo administrado, con la intermediación de la Comisión Nacional de Valores (CNV) como autoridad de supervisión.

Entre empresarios y analistas surgieron dudas sobre la viabilidad del esquema, especialmente por el contexto económico actual, marcado por la falta de crecimiento sostenido del empleo privado formal. El sistema previsional argentino se financia principalmente con aportes y contribuciones patronales provenientes del empleo privado y del monotributo. Por eso, una reducción en el flujo de aportes podría afectar el equilibrio financiero del sistema, en particular si la dinámica del empleo privado no se expande.

Pablo Vanarotti, socio de Nicholson & Cano, destacó que la redacción del proyecto deja entrever que la compensación de los aportes al FAL se va a restar de los del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA). “La norma te lo permite inferir. Si quieren que dé neto para que el empleador a fin de mes no pague más, tiene que hacer una contribución al FAL y ese mismo restárselo a las contribuciones patronales. Para que eso suceda, debería hacerse sobre la misma base que usaste para calcular, que es el SIPA”, comentó.

Una postura diferente tuvo Pablo Mastromarino, abogado laboralista, para quien los porcentajes que implica del FAL de reducción de las contribuciones patronales no necesariamente implican un desfinanciamiento del sistema previsional. “El sistema previsional se ha venido desfinanciando desde los últimos años por un montón de otras decisiones que van desde la estatización del AFJP hasta las moratorias”, comentó.

El argumento del Gobierno
Durante el debate parlamentario, diversos sectores señalaron que la neutralidad fiscal que plantea el Gobierno se apoya en la expectativa de que la nueva ley fomente la creación de empleo formal. Según la visión oficial, un mayor dinamismo en el mercado laboral compensaría la reasignación de fondos, dado que más trabajadores registrados implicarían mayores aportes totales al sistema previsional. “Lo que juega el Gobierno es que dice que como esta ley va a crear más empleo, van a haber más aportes. Esto sería el círculo que ellos entienden que va a suceder”, explicó Piacentini en diálogo con este medio.
El control y la gestión del FAL estarán a cargo de la CNV, que supervisará el movimiento de fondos y la administración de las cuentas individuales, con el objetivo de dotar al mecanismo de transparencia y garantizar que los recursos se utilicen exclusivamente para el pago de indemnizaciones laborales.

El control de los fondos por parte de la CNV responde al objetivo del ministro de Economía, Luis Caputo, de fortalecer el mercado de capitales local y reducir la necesidad de acudir al financiamiento externo para afrontar los vencimientos de deuda. En la misma línea, además de los bancos, se habilitó la posibilidad de canalizar los llamados “dólares del colchón” a través de inversiones en ALyCs.

La iniciativa excluye de la reducción de contribuciones patronales a los empleadores que contraten personal bajo el régimen de incentivo a la formalización laboral. Para esos casos, el beneficio no aplicará, según establece el artículo 77 del proyecto, con el propósito de evitar una doble exención para ciertos empleadores.

Un informe reciente del IERAL de la Fundación Mediterránea advierte sobre “problemas de diseño” en el FAL, en particular por la ausencia de un análisis detallado del impacto distributivo y el flujo de recursos entre el sistema previsional y el fondo de asistencia. La entidad sostiene que no existen cálculos precisos sobre cuánto dejará de ingresar al sistema previsional ni sobre cuánto se destinará al fondo asistencial.

La discusión sobre el Fondo de Asistencia Laboral generó un intenso debate en la Cámara de Diputados, donde varios bloques solicitaron mayores precisiones técnicas y proyecciones sobre el comportamiento del fondo. El oficialismo defendió la iniciativa al argumentar que el esquema facilitará la movilidad laboral y reducirá los litigios por despido, mientras que la oposición reclamó mayor claridad sobre los efectos en la recaudación previsional.

En el sector privado, la creación del FAL implica desafíos administrativos y de planificación financiera, ya que exige la apertura de cuentas individuales y el seguimiento del saldo acumulado para cada empleador. Los especialistas subrayaron que el mecanismo requerirá una articulación precisa entre la AFIP, la ANSES y la CNV para asegurar su funcionamiento operativo.

Nota publicada en (infobae.com)


Envíenos su consulta 👉🏼



*************************************************






¡Seguinos en nuestras redes sociales! haciendo click 👇