1. El planteo y reclamos de la Actora (Análisis por IA)
La actora formula un reclamo amplio de recomposición del haber previsional, centrado en:
Movilidad 2017–2019 y 2020: Solicita la inconstitucionalidad de los arts. 1 y 2 de la Ley 27.426, del art. 55 de la Ley 27.541 y de los decretos 163/2020, 495/2020, 542/2020, 692/2020, 899/2020 y siguientes. Afirma que existe una pérdida adquisitiva continua desde la vigencia de la Ley 27.426.
Movilidad Ley 27.609 (2021–2024): Sostiene que la fórmula es regresiva, no acompaña inflación ni salarios, y provoca una pérdida confiscatoria del haber. Presenta planillas comparativas que muestran la depreciación del haber frente a IPC y RIPTE.
Reparación integral: Solicita tasa de interés superior a la pasiva BCRA.
Costas: Pide que se impongan a la demandada y se declare la inaplicabilidad del art. 21 de la Ley 24.463.
Impuesto a las ganancias: Solicita la exención del impuesto sobre el haber mensual.
2. El planteo y reclamos de la Demandada (ANSES). (Análisis por IA)
ANSES no presenta agravios válidos: El tribunal detecta que el escrito de ANSES corresponde a otro expediente (“Bistuer, Vicente Mario”), con datos y objeto distintos.
Por ello:
No formula crítica concreta sobre el caso Cortés.
No rebate los argumentos de la actora.
No fundamenta el recurso concedido.
El tribunal declara desierto el recurso de ANSES.
3. Fallo. (Análisis por IA)
La Cámara Federal de Mendoza —Sala A— resuelve:
✔ Se declara desierto el recurso de ANSES.
✔ Se hace lugar parcialmente al recurso de la actora.
✔ Se declara la inconstitucionalidad del art. 1 de la Ley 27.609.
Fundamentos centrales:
La fórmula no cubre riesgo inflacionario,
genera pérdida del poder adquisitivo,
rompe la proporcionalidad entre actividad y pasividad,
vulnera sustitutividad, progresividad, igualdad,
el Estado reconoció su fracaso en el D. 274/2024.
El fallo detalla la pérdida real del haber:
2021: +52,67% vs IPC +50,79% → leve mejora
2022: +72,45% vs IPC +94,75% → pérdida 11,6%
2023: +110,95% vs IPC +211,4% → pérdida 33,5%
Dic 2023–Mar 2024: +27,18% vs IPC +51,62% → pérdida 16,1%
Pérdida acumulada: 50,3%
✔ Se ordena reajustar el haber con IPC (comparativo con fórmula 27.609).
Se debe aplicar IPC, tomando el índice mayor entre:
IPC trimestral
movilidad efectiva Ley 27.609
✔ Empalme técnico:
Debe respetarse el empalme del caso Guerra (FMZ 54800/2019) y la corrección del índice combinado según SSS 03/2021.
✔ Movilidad futura:
Desde abril 2024 → aplicar Decreto 274/2024 y 320/2024.
✔ Intereses:
Se confirma tasa pasiva BCRA.
✔ Costas:
Se declara la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018. Costas a la demandada (art. 36 Ley 27.423).
4. Detalles técnicos sobre cómo se aplicará el cálculo en la liquidación. (Análisis por IA)
A. Punto de partida (empalme)
Aplicar el empalme del caso Guerra (FMZ 54800/2019):
Reajuste enero–febrero 2021 con movilidad Ley 27.426.
Aplicar corrección del índice combinado según SSS 03/2021:
Ajuste RIPTE junio–diciembre 2020.
B. Movilidad 2021–2024 (Ley 27.609 declarada inconstitucional)
Para cada trimestre:
Comparar movilidad efectiva ANSES vs IPC.
Integrar la diferencia a favor del actor.
Último trimestre a corregir: marzo 2024 (IPC oct–dic 2023).
C. Desde abril 2024 (Decreto 274/2024 y 320/2024)
Aplicar:
Ejemplo del decreto citado en el fallo:
“En julio 2024 se abonará el IPC de mayo; en agosto el IPC de junio…”
D. Condición de no regresividad
El haber resultante no puede ser inferior al que hubiera surgido aplicando Ley 27.609. Siempre tomar el mayor.
E. Retroactivo
Sumar diferencias:
Empalme 2021
Trimestres 2021–2024
Ajuste IPC vs fórmula
Intereses: tasa pasiva BCRA
F. Costas y honorarios
Costas a ANSES (art. 36 Ley 27.423).
Honorarios: +30% sobre primera instancia.
Pago en UMA según valor vigente al momento del pago.








