Nuevo Monto de Haber Mínimo de Jubilación a partir de marzo 2012

En el día de hoy se publicó en el Boletín Oficial, la resolución 47/2012 emitida por la ANSES, en la cual se aprueban los coeficientes de actualización de las remuneraciones mensuales percibidas por los afiliados que hubiesen prestado tareas en relación de dependencia, cesados a partir del 29 de febrero de 2012 o continúen en actividad a partir del 1º de marzo de 2012.
Lo mas importante de esta resolución para el bolsillo de la gente, es que se fija el monto de haber mínimo garantizado en $1.687,01, a partir del mes de marzo de 2012, y como haber máximo vigente en $12.359,39. También se aclara que la movilidad prevista en el artículo 32 de la Ley Nº 24.241 correspondiente al mes de marzo de 2012 es de 17,62%.
La base imponible mínima para el calculo de aportes y contribuciones, a partir de marzo 2012, queda establecida en la suma de $586,79 (recordando que las remuneraciones no podrán ser inferiores al importe equivalente a TRES (3) veces el valor del módulo previsional (MOPRE)) y el limite maximo en $19.070,55 (recordamos que límite máximo equivalente a SETENTA Y CINCO (75) veces el valor del módulo previsional (MOPRE)).

Y por ultimo establece que el importe de la Prestación Básica Universal (PBU) será de $797,02.