La Dirección General de
Rentas de la Provincia de Córdoba apeló la sentencia que hizo lugar a la
excepción de prescripción opuesta por el contribuyente frente a un reclamo de
obligaciones tributarias impagas, por entender que la intimación administrativa
no habría operado como un hecho suspensivo de la prescripción, al no haber
llegado al ámbito de conocimiento del deudor. La Cámara confirmó la decisión.