NOTA: Jubilación Anticipada y Más Reformas a la Ley Laboral en Agenda de los Diputados

NOTA: Jubilación Anticipada y Más Reformas a la Ley Laboral en Agenda de los Diputados




Por su parte, los diputados de la Comisión de Previsión y Seguridad Social de la misma Cámara despacharon favorablemente un proyecto del formoseño Juan Carlos Díaz Roig, que otorga una jubilación anticipada por desempleo a los adultos mayores que tienen los 30 años de aportes pero no alcanzaron la edad jubilatoria y se encuentran fuera del mercado laboral.
El texto dictaminado tiene su antecedente en la Ley Nº 25.994, que fue sancionada en diciembre del 2004 tras los reclamos de la Asociación 50 a 60, que postulaba una cobertura de vida digna para aquellas personas denominadas "viejos para trabajar y jóvenes para jubilarse".
En ese momento, la ley tuvo una vigencia de 840 días y resolvió las dificultades de 600 mil personas, que habían sido expulsadas del mercado de trabajo en la década del '90 y que, por una cuestión de edad, no habían podido reinsertarse en la actividad laboral. Sin embargo, luego de ese período de tiempo, una gran cantidad de personas quedaron fuera del beneficio.
El diputado Díaz Roig  aseguró que “es sumamente necesaria e impostergable la aprobación del presente proyecto a los fines de brindar protección a un sector de la población que se encuentra en situación de desamparo y de riesgo por las razones indicadas precedentemente”.
En función de esto, la diputada Graciela Iturraspe señaló que “hemos dado un paso importante, en el camino a generar situaciones de mayor justicia para muchos trabajadores desempleados, que a pesar de haber cumplido con los requisitos de los aportes a la seguridad social, se les torna muy difícil reinsertarse en el mundo laboral para alcanzar la edad jubilatoria”. Aunque advirtió que “lo que se requiere es un debate integral del sistema previsional en nuestro país”.
El dictamen establece que se creará el beneficio de la Prestación Anticipada por Desempleo (P.A.D.) y accederán a él las mujeres de 55 años y los varones de 60 cumplidos que puedan acreditar encontrarse en situación de desempleo al 31 de Diciembre de 2011. En tanto, percibirán un haber mensual equivalente al 50 por ciento del equivalente al beneficio de jubilación al que tendrá derecho al cumplir la edad requerida por la ley Nº 24.241. Habrá que esperar hasta la próxima sesión para ver si estos proyectos reciben la media sanción.


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