RESOLUCION 95/2014-A.G.I.P.-Impuesto sobre los Ingresos Brutos-Régimen general de recaudación-Exclusión de determinados agentes del anexo II de la res. 939/2013 (A.G.I.P.). -18/02/2014

RESOLUCION 95/2014-A.G.I.P.-Impuesto sobre los Ingresos Brutos-Régimen general de recaudación-Exclusión de determinados agentes del anexo II de la res. 939/2013 (A.G.I.P.). -18/02/2014
Visto:

La Resolución Nº 939/Agip/2013 (Bocba Nº 4302), y

Considerando:

Que por la citada Resolución se establece el Régimen General al que deben ajustarse los Agentes de Recaudación, designando a aquellos contribuyentes comprendidos en el mismo;

Que habiéndose realizado estudios pormenorizados sobre los sujetos comprendidos dentro del universo de Agentes de Recaudación, resulta conveniente proceder a la exclusión de determinados responsables teniendo en cuenta su actividad económica y su naturaleza jurídica;

Que las asociaciones civiles sin fines de lucro, que desarrollan actividades vinculadas con el estímulo de múltiples disciplinas deportivas, no presentan interés fiscal suficiente para justificar su designación como Agentes de Recaudación.

Por ello y en ejercicio de las facultades que le son propias,

El Administrador Gubernamental de Ingresos Públicos, resuelve:

Art. 1° - Exclúyese del Anexo II de la Resolución N° 939/AGIP/2013 a los sujetos detallados en el Anexo I de la presente Resolución, el que a todos sus efectos forma parte integrante de la misma.

Art. 2° - La presente Resolución entrará en vigencia a partir del 01/03/2014.

Art. 3° - Regístrese, etc. - Walter.



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