VISTO la Actuación SIGEA Nº 10730202014 del Registro de esta Administración Federal, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Resolución General Nº 2.854 y sus modificaciones, se estableció un régimen de retención del impuesto al valor agregado aplicable a las operaciones que, por su naturaleza, dan lugar al crédito fiscal.
Que de acuerdo con lo dispuesto en el Artículo 3° de la referida norma, corresponde informar la designación de un agente de retención.
Que han tomado la intervención que les compete la Dirección de Legislación y la Subdirección General de Asuntos Jurídicos.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 7° del Decreto Nº 618 del 10 de julio de 1997, sus modificatorios y sus complementarios.
Por ello,
EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS RESUELVE:
Artículo 1° — Modifícase el Anexo I de la Resolución General Nº 2.854 y sus modificaciones, en la forma que se detalla seguidamente:
Incorpórase al contribuyente que se indica a continuación:
“30714335614: YPF S.A. COMPAÑIA DE HIDROCARBUROS NO CONVENCIONAL SRL AREA LOMA CAMPANA UTE”
Art. 2° — Lo establecido en el artículo anterior tendrá efectos a partir del día 1 de julio de 2014.
Art. 3° — Regístrese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Ricardo Echegaray.
CONSIDERANDO:
Que mediante la Resolución General Nº 2.854 y sus modificaciones, se estableció un régimen de retención del impuesto al valor agregado aplicable a las operaciones que, por su naturaleza, dan lugar al crédito fiscal.
Que de acuerdo con lo dispuesto en el Artículo 3° de la referida norma, corresponde informar la designación de un agente de retención.
Que han tomado la intervención que les compete la Dirección de Legislación y la Subdirección General de Asuntos Jurídicos.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 7° del Decreto Nº 618 del 10 de julio de 1997, sus modificatorios y sus complementarios.
Por ello,
EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS RESUELVE:
Artículo 1° — Modifícase el Anexo I de la Resolución General Nº 2.854 y sus modificaciones, en la forma que se detalla seguidamente:
Incorpórase al contribuyente que se indica a continuación:
“30714335614: YPF S.A. COMPAÑIA DE HIDROCARBUROS NO CONVENCIONAL SRL AREA LOMA CAMPANA UTE”
Art. 2° — Lo establecido en el artículo anterior tendrá efectos a partir del día 1 de julio de 2014.
Art. 3° — Regístrese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Ricardo Echegaray.
Solicite asesoramiento, en nuestros canales de comunicación:
Teléfono 011-4342-9854
E-mail: estudio_alvarezg@hotmail.com
in: estudio-alvarezg