RESOLUCION NORMATIVA 75/2014-ARBA-Regímenes de regularización - Extensión de la vigencia de los regímenes establecidos por las res. normativas 43/2014 (A.R.), 44/2014 (A.R.), 45/2014 (A.R.), 46/2014 (A.R.), 60/2014 (A.R.) y 68/2014 (A.R.).-30/12/2014

RESOLUCION NORMATIVA 75/2014-ARBA-Regímenes de regularización - Extensión de la vigencia de los regímenes establecidos por las res. normativas 43/2014 (A.R.), 44/2014 (A.R.), 45/2014 (A.R.), 46/2014 (A.R.), 60/2014 (A.R.) y 68/2014 (A.R.).-30/12/2014

VISTO:

Que por el expediente Nº 22700-41525/14 se propicia extender la vigencia de los beneficios correspondientes al mes de septiembre de 2014 dispuestos por las Resoluciones Normativas N° 43/14, 44/14, 45/14 y 46/14, así como de los beneficios establecidos por las Resoluciones Normativas Nº 60/14 y 68/14; y

CONSIDERANDO:

Que de conformidad con las previsiones contenidas en el artículo 105 del Código Fiscal (Ley N° 10397, T.O. 2011 y modificatorias), esta Autoridad de Aplicación se encuentra autorizada para otorgar con carácter general, sectorial o para determinado grupo o categoría de contribuyentes y/o responsables, regímenes de regularización de deudas fiscales correspondientes a tributos, intereses, multas y accesorios;

Que el artículo 75 de la Ley N° 14044, autorizó a esta Agencia de Recaudación para disponer regímenes de regularización de deudas fiscales de agentes de recaudación, provenientes de retenciones y/o percepciones no efectuadas;

Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 125 de la Ley N° 14553, Impositiva para el año 2014, se extiende la autorización conferida por la citada norma legal hasta el 31 de diciembre del ejercicio fiscal corriente;

Que, sobre la base del plexo legal detallado, la Resolución Normativa Nº 43/14 instauró un régimen de regularización de deudas provenientes de los Impuestos sobre los Ingresos Brutos y de Sellos, que se encuentren sometidas a proceso de fiscalización, de determinación, o en discusión administrativa, aún las que se encuentren firmes y hasta el inicio de las acciones judiciales respectivas;

Que la Resolución Normativa N° 44/14 instauró un régimen de para la regularización de las deudas correspondientes a los agentes de recaudación, provenientes de retenciones y/o percepciones no efectuadas, en relación a los Impuestos sobre los Ingresos Brutos y de Sellos;

Que, la Resolución Normativa Nº 45/14 dispuso un régimen para la regularización de deudas provenientes de los Impuestos Inmobiliario -Básico y/o Complementario-, a los Automotores, sobre los Ingresos Brutos y de Sellos, que no se encuentren en proceso de ejecución judicial, ni en instancia de fiscalización, de determinación o de discusión administrativa;

Que por su parte, la Resolución Normativa N° 46/14 instituyó un régimen de facilidades de pago para la regularización de las deudas en instancia de ejecución judicial, provenientes de los Impuestos Inmobiliario Básico, a los Automotores, sobre los Ingresos Brutos y de Sellos;

Que por Resolución Normativa Nº 60/14, se estableció un régimen para la regularización de deudas de los contribuyentes provenientes de los Impuestos Inmobiliario, a los Automotores, sobre los Ingresos Brutos y de Sellos, que no se encuentren en proceso de ejecución judicial, ni en instancia de fiscalización, determinación o de discusión administrativa, devengadas y vencidas entre el 1º de enero y el 30 de septiembre de 2014, como asimismo para la regularización de deudas de los agentes de recaudación, provenientes de los Impuestos sobre los Ingresos Brutos y de Sellos, relativas a retenciones y/o percepciones no efectuadas, devengadas y vencidas entre el 1º de enero y el 30 de septiembre de 2014;

Que por último, la Resolución Normativa Nº 68/14 generó un régimen de regularización de deudas provenientes del Impuesto a los Automotores, en lo vinculado a las Embarcaciones Deportivas o de Recreación, cualquiera sea la etapa procesal en la que se encuentre;

Que, venciendo la vigencia de todos estos regímenes el 31 de diciembre de 2014, razones de administración tributaria llevan a estimar conveniente extender la misma hasta el 28 de febrero de 2015;

Que han tomado la debida intervención la Subdirección Ejecutiva de Recaudación y Catastro, la Subdirección Ejecutiva de Planificación y Coordinación, y sus dependencias;

Que la presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 13766;

Por ello,

El Director Ejecutivo de la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires resuelve:

Art. 1° - Extender, hasta el 28 de febrero de 2015, la vigencia de los regímenes de regularización establecidos por las Resoluciones Normativas Nº 43/14, 45/14 y 46/14, con los beneficios otorgados para los acogimientos que se efectuaran a los mismos durante el mes de septiembre de 2014.

Art. 2° - Extender, hasta el 28 de febrero de 2015, la vigencia del régimen para la regularización de las deudas correspondientes a los agentes de recaudación, provenientes de retenciones y/o percepciones no efectuadas, en relación a los Impuestos sobre los Ingresos Brutos y de Sellos, establecido en la Resolución Normativa Nº 44/14.

Art. 3° - Extender, hasta el 28 de febrero de 2015, la vigencia del régimen de regularización de deudas de los contribuyentes provenientes de los Impuestos Inmobiliario, a los Automotores, sobre los Ingresos Brutos y de Sellos, que no se encuentren en proceso de ejecución judicial, ni en instancia de fiscalización, determinación o de discusión administrativa, devengadas y vencidas entre el 1º de enero y el 30 de septiembre de 2014, como asimismo para la regularización de deudas de los agentes de recaudación, provenientes de los Impuestos sobre los Ingresos Brutos y de Sellos, relativas a retenciones y/o percepciones no efectuadas, devengadas y vencidas entre el 1º de enero y el 30 de septiembre de 2014, establecido en la Resolución Normativa Nº 60/14

Art. 4° - Extender, hasta el 28 de febrero de 2015, la vigencia del régimen de regularización de deudas provenientes del Impuesto a los Automotores, en lo vinculado a las Embarcaciones Deportivas o de Recreación, establecido en la Resolución Normativa Nº 68/14.

Art. 5° - Registrar, etc.

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