RESOLUCION 610/2015 - Ministerio de Economía y Finanzas Públicas M.E.F.P- Programa de Créditos para la Compra de Taxis - Listado de unidades financiables - Sustitución del Anexo de la res. 378/2015 (M.E. y F.P.).-21/07/2015

RESOLUCION 610/2015 - Ministerio de Economía y Finanzas Públicas M.E.F.P- Programa de Créditos para la Compra de Taxis - Listado de unidades financiables - Sustitución del Anexo de la res. 378/2015 (M.E. y F.P.).-21/07/2015

VISTO el Expediente N° S01:0155459/2015 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, el Decreto N° 753 de fecha 5 de mayo de 2015, la Resolución N° 378 de fecha 20 de mayo de 2015 del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto N° 753 de fecha 5 de mayo de 2015 se aprobó el Convenio Marco celebrado entre el MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS y el BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA, suscrito el 6 de abril de 2015, para el estímulo indirecto a la renovación de taxis y se aprobó el "PROGRAMA DE CRÉDITOS PARA LA COMPRA DE TAXIS" denominado "A RODAR", cuyo objetivo es promover la adquisición de unidades nuevas CERO KILÓMETRO (0 km) para afectarlas al transporte público de pasajeros en automóviles de alquiler con taxímetro.
Que por el Artículo 4° del mencionado decreto se designó al MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS como Autoridad de Aplicación del referido Programa, con facultades para dictar la normativa aclaratoria y complementaria, y suscribir y/o modificar los convenios que resulten necesarios para su implementación.
Que por la Resolución N° 378 de fecha 20 de mayo de 2015 del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS se reglamentó el "PROGRAMA DE CRÉDITOS PARA LA COMPRA DE TAXIS" denominado "A RODAR", y se estableció en el Artículo 2° que los préstamos otorgados en el marco de dicho Programa sólo podrán ser utilizados para la adquisición de los vehículos que se detallan en el Anexo a la citada resolución.
Que, en ese marco, a los efectos de optimizar la ejecución del Programa en cuestión, resulta oportuno introducir modificaciones al listado de unidades financiables oportunamente aprobado.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por el Artículo 4° del Decreto N° 753/15.
Por ello,
EL MINISTRO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS RESUELVE:
ARTÍCULO 1° - Sustitúyese el Anexo a la Resolución N° 378 de fecha 20 de mayo de 2015 del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS por el Anexo adjunto a la presente medida.
ARTÍCULO 2° - Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. - Dr. AXEL KICILLOF, Ministro de Economía y Finanzas Públicas.
ANEXO
Listado de Unidades Financiables
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