#Normativa #Impuesto a las #Ganancias. Resolución General AFIP N° 4547/2019 Personas humanas y sucesiones indivisas. Régimen de anticipos. Resolución General N° 4.034, sus modificatorias y complementarias. Norma complementaria.

#Normativa #Impuesto a las #Ganancias. Resolución General AFIP N° 4547/2019 Personas humanas y sucesiones indivisas. Régimen de anticipos. Resolución General N° 4.034, sus modificatorias y complementarias. Norma complementaria.
A través del Decreto N° 561/19 el Poder Ejecutivo Nacional ha encomendado a este Organismo a reducir en un CINCUENTA POR CIENTO (50%) los anticipos que deban ingresar los trabajadores autónomos en concepto de impuesto a las ganancias en los meses de octubre y diciembre del ejercicio 2019.
La AFIP a traves de la Resolución General AFIP N° 4547/2019 establece que los importes de los anticipos segundo y tercero del período fiscal 2019 que deben ingresar las personas humanas y las sucesiones indivisas responsables del impuesto a las ganancias, cuyos vencimientos operan en los meses de octubre y diciembre de 2019, se calcularán aplicando el porcentaje del DIEZ POR CIENTO (10%), en sustitución del porcentaje previsto en el punto 2. del inciso b) del Artículo 3° de la Resolución General 4.034, sus modificatorias y complementarias.



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