Fallo de la Sala 1 de la Cámara Federal de la Seguridad Social CABA (Magistrados: Victoria P. Pérez Tognola - Adriana Lucas).
El propósito del legislador fue el de facilitar la obtención de alguno de los beneficios de la ley 24.241, mediante la implementación de un plan de pagos, que permita completar la cantidad de años computables a ese fin y no impuso otra condición que la de haberse producido el hecho generador, en el caso, la muerte del causante, cónyuge de la actora, durante la vigencia del S.I.J. y P. (hoy SIPA); por lo que no corresponde fijar mayores restricciones a derechos acordados por las leyes, los que deben resultar de normas expresas y no pueden ser consecuencia de una mera interpretación (Cfr. doctrina de Fallos 240:174; 273:297).
Publicado en: www.saij.gob.ar
Id SAIJ: FA18310084
El propósito del legislador fue el de facilitar la obtención de alguno de los beneficios de la ley 24.241, mediante la implementación de un plan de pagos, que permita completar la cantidad de años computables a ese fin y no impuso otra condición que la de haberse producido el hecho generador, en el caso, la muerte del causante, cónyuge de la actora, durante la vigencia del S.I.J. y P. (hoy SIPA); por lo que no corresponde fijar mayores restricciones a derechos acordados por las leyes, los que deben resultar de normas expresas y no pueden ser consecuencia de una mera interpretación (Cfr. doctrina de Fallos 240:174; 273:297).
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