#SeguridadSocial #IMT aplicables a la actividad de venta de comidas para llevar #Normativa #Resolución General AFIP N° 3715/2015
Los Indicadores Mínimos de Trabajadores (IMT), son presunciones que, sobre la base del principio interpretativo de preeminencia de la realidad económica permiten, conforme lo dispuesto por la ley del Visto, determinar de oficio la cantidad de trabajadores requeridos para desarrollar ciertas actividades y los aportes y contribuciones respectivos con destino al Sistema Unico de la Seguridad Social.
En esta norma se han elaborado IMT aplicables a la actividad de venta de comidas para llevar.
Los Indicadores Mínimos de Trabajadores (IMT), son presunciones que, sobre la base del principio interpretativo de preeminencia de la realidad económica permiten, conforme lo dispuesto por la ley del Visto, determinar de oficio la cantidad de trabajadores requeridos para desarrollar ciertas actividades y los aportes y contribuciones respectivos con destino al Sistema Unico de la Seguridad Social.
En esta norma se han elaborado IMT aplicables a la actividad de venta de comidas para llevar.
Rg 3715-15 IMT Aplicables a La Actividad de Venta de Comidas Para Llevar by Estudio Alvarezg Asociados on Scribd
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