SENTENCIA de la Sala 02 CAMARA FEDERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL. CAPITAL FEDERAL (Magistrados: Herrero - Fernandez - Dorado) 17/7/15
Si dentro de una obra en construcción, luce el logo del actor, que lo señala como "desarrollador" que integra un grupo empresarial junto a un constructor y a una inmobiliaria, el mismo no puede desatenderse de las obligaciones laborales y previsionales de los trabajadores que prestan funciones sobre el predio en construcción. Puesto que el 31 de la LCT, apunta a evitar la interposición de personas jurídicas dentro de un grupo empresario, como forma de elusión y desentendimiento de la responsabilidad laboral. (Disidencia de la Dra. Dorado).
Publicado en Id SAIJ: FA15310096
Si dentro de una obra en construcción, luce el logo del actor, que lo señala como "desarrollador" que integra un grupo empresarial junto a un constructor y a una inmobiliaria, el mismo no puede desatenderse de las obligaciones laborales y previsionales de los trabajadores que prestan funciones sobre el predio en construcción. Puesto que el 31 de la LCT, apunta a evitar la interposición de personas jurídicas dentro de un grupo empresario, como forma de elusión y desentendimiento de la responsabilidad laboral. (Disidencia de la Dra. Dorado).
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