#SeguridadSocial #autónomo régimen de jubilaciones y pensiones para trabajadores autónomos #Jurisprudencia #Fallo A., B.D. c/ C., G.L. s/ Laboral

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SENTENCIA: Nro. Interno: 10-C-08, CAMARA CIVIL, COMERCIAL, LABORAL Y MINERIA. ESQUEL, CHUBUT, Magistrados: Benjamín Moisá Günther Enrique Flass 23/4/08

"El carácter de autónomo se presenta cuando existe independencia del trabajo o ausencia de subordinación, incompatible con la posición del trabajador en el sentido del art. 25 de la LCT y quien presta los servicios desenvuelve su actividad en una organización propia, de la cual el mismo sujeto es el organizador, de modo que no queda sometido a poderes directivos de una organización de los cuales él mismo no sea titular. A ello precisamente se refiere la última parte del artículo cuando declara aplicable la presunción laboral 'en tanto que por las circunstancias no sea dado calificar de empresario a quien presta el servicio'".





publicado en Id SAIJ: FA08150044



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