#SeguridadSocial #Contrato de trabajo, entrega del certificado de trabajo, deber de aportar, constancia de aportes previsionales #Jurisprudencia #Fallo Mallades Susana Beatriz c/ Consolidar Comercializadora s/ diferencias de salarios.

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SENTENCIA: Nro. Interno: 29342, 1 20080521, CAMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO. CAPITAL FEDERAL, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, Sala 02, Magistrados: Rodriguez Brunengo. Ferreiros. 12/3/08

La condena a extender el certificado de trabajo previsto por el art. 80 L.C.T. incluye también la de entregar el de aportes previsionales. La obligación de cumplimentar lo normado dicho artículo y en el art. 12 inc. g) de la ley 24.241, consiste en acompañar a las actuaciones el certificado de trabajo y de servicios prestados, remuneraciones percibidas y constancia de la concreta y efectiva realización de los aportes y contribuciones. Esta carga legal viene a conjugar los eventuales efectos perniciosos de la omisión patronal ante los organismos de la seguridad social.
publicado en Id SAIJ: FA08040109



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