Páginas

#SeguridadSocial #Beneficios previsionales, prescripción #Jurisprudencia #Fallo Marcovich, Francisco José c/ Estado Nacional - Ministerio de Defensa s/ Personal Militar y Civil de las Fuerzas Armadas y de Seguridad

#SeguridadSocial #Beneficios previsionales, prescripción #Jurisprudencia #Fallo Marcovich, Francisco José c/ Estado Nacional - Ministerio de Defensa s/ Personal Militar y Civil de las Fuerzas Armadas y de Seguridad

SENTENCIA: CAMARA FEDERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL. CAPITAL FEDERAL, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, Magistrados: Luis René Herrero - Nora Carmen Dorado 27/9/2018

La prescripción de los montos adeudados en función del otorgamiento del beneficio instituido por la ley 24.310, será la determinada el art. 4027 del Código Civil desde la interposición del reclamo administrativo que solicita el beneficio de referencia. En el caso de no existir reclamo administrativo deberá considerarse la fecha de interposición de la demanda.

Si el porcentaje de incapacidad determinado por el Cuerpo Médico es menor al 66% -en el caso 4,45%- y relacionado al padecimiento auditivo que sufre el actor como consecuencia de su participación en el conflicto bélico del Atlántico Sur de 1982, corresponde ordenar a la demandada el otorgamiento del beneficio instituido por la Ley 24.310








publicado en SAIJ: FA18310060



Solicite asesoramiento, en nuestros canales de comunicación: