#SeguridadSocial #Pensiones no contributivas, pensión por invalidez, pérdida del beneficio, rehabilitación del beneficio #Jurisprudencia #Fallo C., O. A. c/ Estado Nacional (Ministerio de Desarrollo Social de la Nación) s/ Amparo ley 16.986

#SeguridadSocial #Pensiones no contributivas, pensión por invalidez, pérdida del beneficio, rehabilitación del beneficio #Jurisprudencia #Fallo C., O. A. c/ Estado Nacional (Ministerio de Desarrollo Social de la Nación) s/ Amparo ley 16.986

SENTENCIA: JUZGADO FEDERAL NRO 1. NEUQUEN, NEUQUÉN, Magistrados: Pandolfi 30/5/2017

Corresponde hacer lugar a la a la acción de amparo iniciada por un beneficiario con paraplejia permanente, con el objeto de que se le restablezca el pago de la pensión no contributiva por invalidez que le había sido dada de baja porque en el cruce de datos en organismos públicos figuraba la inscripción a nombre del reclamante de un automóvil de alto valor, habida cuenta que si bien los actos administrativos gozan de la presunción de legitimidad (art. 12 Ley 19.549), en el caso el Estado incurrió en una vía de hecho por la cual habiendo emitido su voluntad en un sentido, actuó con posterioridad en el sentido contrario. Asimismo, de las actuaciones no surge que se haya dictado un acto administrativo posterior con el fin de dejar sin efecto o modificar los términos en que el beneficio fuera concedido ni tendiente a suspender la prestación.





Id SAIJ: FA17660000




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