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SENTENCIA: JUZGADO FEDERAL NRO 1. FORMOSA, FORMOSA - Magistrados: FERNANDO CARBAJAL 26/3/2020
Corresponde hacer lugar a la medida autosatisfactiva solicitada por el Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados en favor de sus afiliados y ordenar a una farmacia que cese con cualquier restricción respecto de los mismos, debiendo otorgarles un tratamiento preferente mientras dure la emergencia sanitaria decretada por el Poder Ejecutivo Nacional, porque si sien la restricción obedecería a la falta y/o reducción de personal del comercio, lo cual no resulta cuestionable dado que todas las empresas y organismos públicos se encuentran trabajando con personal reducido o de guardia, en virtud de la cuarentena obligatoria dispuesta por el Poder Ejecutivo Nacional debido al avance del coronavirus, lo que resulta reprochable es que sea justamente la población más vulnerable a la enfermedad mencionada la que se vea afectada por la disminución de servicios, puesto que los afiliados al Instituto son, en su mayoría, jubilados mayores de sesenta años.
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Publicado en Id SAIJ: FA20730000

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