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#SeguridadSocial #Beneficio de reducción de alícuota de contribuciones patronales con destino al SIPA para empleadores del Sector Salud – Modificación de la res. gral. 4694/2020 (A.F.I.P.). #Normativa #RESOLUCIÓN GENERAL 4756/2020 (A.F.I.P.) B.O. 07/07/2020

#SeguridadSocial #Empleadores Sector Salud Beneficio de reducción de alícuota de contribuciones patronales con destino al SIPA para empleadores del Sector Salud – Modificación de la res. gral. 4694/2020 (A.F.I.P.).  #Normativa #RESOLUCIÓN GENERAL 4756/2020 (A.F.I.P.)   B.O. 07/07/2020  

Se modifica la Resolución General 4694/2020 (A.F.I.P.), la cual estableció que los empleadores que al 21 de marzo de 2020 tengan como actividad declarada, según el “Clasificador de Actividades Económicas” (Formulario Nº 883) aprobado por la Resolución General 3537/2013 (A.F.I.P.), alguna de las comprendidas en el Anexo del Decreto 300/2020, serán caracterizados en el “Sistema Registral” con el código “459 - Beneficio Dto. 300/2020”, a fin de que se les aplique el beneficio de reducción de alícuota de contribuciones patronales con destino al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) previsto en el art. 1° del citado decreto, por los períodos devengados marzo, abril y mayo de 2020, extendiéndose dicho beneficio respecto de las contribuciones patronales que se devenguen durante los períodos junio y julio de 2020. 



Rg 4756-2020 Contribucion Empeladores Salud by Estudio Alvarezg Asociados on Scribd










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