#SeguridadSocial #Programa Promover #Normativa #RESOLUCIÓN 42/2021 (M.T.E. y S.S.) Programa Promover la Igualdad de Oportunidades de Empleo - Línea de Actividades Asociativas de Interés Comunitario – Continuidad de la percepción de ayudas económicas – Norma complementaria de la res. 124/2011 (M.T.E. y S.S.). - B.O. 29/01/2021
Se establece que las trabajadoras y los trabajadores participantes del Programa Promover la Igualdad de Oportunidades de Empleo, Línea de Actividades Asociativas de Interés Comunitario que ya hayan completado los veinticuatro meses de las ayudas económicas no remunerativas correspondientes al momento de entrada en vigencia de la presente Resolución, podrán, a su requerimiento, continuar percibiendo las ayudas económicas previstas en el art. 7 de la Resolución 124/2011 (M.T.E. y S.S.), durante otros doce meses, pudiendo además durante ese lapso ser incluidos en cualquiera de los otros programas y acciones de promoción del empleo del mentado Ministerio, por el término que corresponda de a acuerdo a sus respectivas reglamentaciones.
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