#SeguridadSocial #retiro transitorio por invalidez Carga probatoria dinámica, , monto de la indemnización #Jurisprudencia #Fallo López, Héctor Dario c/ ANSES 24/06/2015

#SeguridadSocial #retiro transitorio por invalidez Carga probatoria dinámica, , monto de la indemnización #Jurisprudencia #Fallo  López, Héctor Dario c/ ANSES 24/06/2015

SENTENCIA: CAMARA FEDERAL DE APELACIONES DE SALTA. SALTA, SALTA, Magistrados: LUIS RENATO RABBI BALDI CABANILLAS - JORGE LUIS VILLADA - MARIANA INES CATALANO

Por aplicación de la teoría de las cargas probatorias dinámicas, la parte que se encontraba en mejores condiciones de probar que el RTI (retiro transitorio por invalidez) se corresponde con la renta periódica reclamada por el actor era el ANSES, que no lo hizo, motivo por el cual se entenderá que se trata de conceptos independientes; y, en consecuencia, los pagos que eventualmente se hubieran efectuado se tendrán por ajenos al monto indemnizatorio reclamado en concepto de renta periódica del art. 14 de la LRT.

Corresponde al trabajador la indemnización por incapacidad mediante el cobro unificado de la renta del art. 15.2 de la LRT, con intereses a la tasa pasiva desde el nacimiento de la obligación hasta el 6 de enero de 2002 -día en que se promulgó la ley 25.561 que declaró la emergencia pública en materia social, económica, administrativa, financiera y cambiaria y derogó la convertibilidad establecida por la ley 23.928-, y a partir de esa fecha, se impone el empleo de la tasa activa del Banco de la Nación Argentina para las operaciones de descuentos en documentos comerciales hasta su efectivo pago.





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