#SeguridadSocial #IFE extranjeros, autorización de residencia precaria #Jurisprudencia #Fallo D. S., R. D. c/ Poder Ejecutivo Nacional y otro s/ incidente 27/07/2020
SENTENCIA: CAMARA FEDERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL. CAPITAL FEDERAL, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES- Sala 01- Magistrados: Victoria Pérez Tognola - Fernando Strasser - Adriana Claudia Cammarata
Cabe ordenar a la Anses que otorgue un turno a una ciudadana venezolana a los efectos de dar inicio al trámite del Ingreso Familiar de Emergencia, que cuenta únicamente con una residencia precaria y vive en el país desde hace menos de dos años, por lo cual no cumple el requisito establecido en el art. 2 inc. a) del Decreto 310/2020 que le permite acceder al beneficio, y que debido a la falta del documento de identidad, ni siquiera puede completar la solicitud en el sitio web del organismo previsional, ni acceder a otras políticas sociales, puesto que corresponde considerar especialmente la situación de una mujer migrante sin trabajo, que se encuentra tramitando la regularización de su residencia y con un niño menor a cargo. En consecuencia, el peligro en la demora está dado por la situación de precariedad en la que se encuentran la peticionante y su hijo y, dentro del marco de conocimiento restringido que impone la medida cautelar requerida, dichas circunstancias autorizan a tener por acreditado el requisito, como elemento necesario para hacer lugar a la petición.
Jurisprudencia 2020 - IfE - D. S., R. D. c PEN y Otro s Incidente by Estudio Alvarezg Asociados on Scribd
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