#SeguridadSocial #PAMI #Jurisprudencia #Fallo Lado, Carlos Alberto c/ Instituto de Obra Social de la Provincia de Entre Ríos (I.O.S.P.E.R.) s/ cobro de pesos - competencia contencioso administrativa 17/4/2020
SENTENCIA: CAMARA DE APELACIONES CIVIL COMERCIAL. GUALEGUAYCHU, ENTRE RÍOS-Sala 01-Magistrados: VALERIA M. BARBIERO de DEBEHERES - ANA CLARA PAULETTI
El reclamo de reintegro de gastos contra una obra social estatal (IOSPER), que incluso haya motivado un reclamo administrativo con suerte adversa a la pretensión, corresponde que sea ventilada ante el fuero contencioso administrativo.
La intervención como tercero del PAMI -ente público nacional- no varía la competencia asignada al fuero contencioso administrativo en razón del reclamo de reintegro a la obra social provincial, pues la citación de personas a quienes corresponda demandar ante la justicia federal no desplaza la competencia de la justicia local, porque la intervención del citado es de carácter accesorio y, de conformidad con el principio de que lo accesorio sigue la suerte de lo principal, la competencia ratione personae debe regirse por las reglas que determinan la competencia respecto del demandado principal.
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