#SeguridadSocial #Normativa #COMUNICACIÓN A 7260/2021 (B.C.R.A.) Legajo Único Financiero y Económico – Cumplimiento de requerimientos contenidos en normas del Banco Central de la República Argentina – Norma complementaria de la res. 92/2021 (M.D.P.). - B.O. 13/04/2021
Se dispone que la información que surja del “Legajo Único Financiero y Económico”, establecido por la Resolución 92/2021 (M.D.P.), será considerada para el cumplimiento de requerimientos contenidos en las normas del Banco Central de la República Argentina.
BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA
Comunicación “A” 7260/2021
08/04/2021
A LAS ENTIDADES FINANCIERAS:
Ref.: OPRAC 1-1095, RUNOR 1-1658, OPASI 2-636. Resolución N° 92/21 del Ministerio de Desarrollo Productivo. Legajo Único Financiero y Económico.
Nos dirigimos a Uds. para comunicarles que esta Institución adoptó la siguiente resolución:
“- Disponer que la información que surja del “Legajo Único Financiero y Económico” –establecido por la Resolución N° 92/21 del Ministerio de Desarrollo Productivo– será considerada para el cumplimiento de requerimientos contenidos en las normas de esta Institución.”
Saludamos a Uds. atentamente.
BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA
Darío C. Stefanelli, Gerente Principal de Emisión y Aplicaciones Normativas - María D. Bossio, Subgerenta General de Regulación Financiera.
e. 13/04/2021 N° 22409/21 v. 13/04/2021
Fecha de publicación 13/04/2021
Para más información no dudes en contactarte vía mail a estudio_alvarezg@hotmail.com o por
👉 1166702822

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