#SeguridadSocial #Normativa #Resolución General AFIP N° 4992/2021 FACILIDADES DE PAGO-EMERGENCIA SANITARIA. BO 17/05/2021
Régimen de facilidades de pago para la regularización de obligaciones impositivas, de los recursos de la seguridad social y/o aduaneras – Beneficios para contribuyentes de “sectores críticos” – Modificación de la res. gral. 4268/2018 (A.F.I.P.).
Se suspende hasta el 31 de agosto de 2021, inclusive, la aplicación de la condición establecida en el segundo párrafo del inc. b) del art. 11 de la Resolución General 4268/2018 (A.F.I.P.), para los contribuyentes que al 19 de abril de 2021 o a la fecha de la solicitud de adhesión al plan de facilidades de pago, registraran como actividad principal (según el “Clasificador de Actividades Económicas” (F. 883) aprobado por la Resolución General 3537/2013 (A.F.I.P.)) alguna de las consignadas como “sectores críticos”, en el Anexo I de la Resolución 938/2020 (M.T.E. y S.S.).
RESOLUCIÓN GENERAL 4992/2021 (A.F.I.P.) - B.O. 17/05/2021
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