#SeguridadSocial #Normativa #Circular 29/21 - ANSeS (DP) - Subsidio extraordinario. Decreto N° 481/2021 - 02/08/2021
Se pone en conocimiento que el Estado Nacional mediante Decreto N° 481/2021 ha establecido el otorgamiento de un Subsidio Extraordinario que se abonará en el mensual 08/2021.
I. Generalidades
El monto del subsidio será de $ 5.000,00 para aquellos beneficiarios y beneficiarias cuya sumatoria de haberes no supere los $ 46.129,40.
En aquellos casos en que el o la titular perciba un importe superior a $ 46.129,40 y menor a la suma de $ 51.129,40, se abonará como Subsidio Extraordinario, la diferencia entre el haber que percibe y dicho tope.
El pago del subsidio se liquidará a aquellos beneficios enunciados a continuación y que se encuentren registrados como vigentes en el mensual 08/2021 (incluidas las altas operadas en el mensual):
A) Los beneficiarios y las beneficiarias de las prestaciones previsionales del SISTEMA INTEGRADO PREVISIONAL ARGENTINO (SIPA).
B) Los beneficiarios y las beneficiarias de la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM).
C) Los beneficiarios y las beneficiarias de pensiones no contributivas por vejez, invalidez, madres de SIETE (7) hijos o hijas o más, y demás pensiones no contributivas y graciables cuyo pago se encuentra a cargo de la ANSES.
Circular 29_21 - ANSeS (DP) - Haber Subsidio Extraoridnario $5000 by Estudio Alvarezg Asociados on Scribd
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