#Impuestos a las ganancias y sobre los bienes personales #Normativa #RESOLUCIÓN GENERAL 5080/2021 (A.F.I.P.) Regularización de obligaciones – Extensión del plazo fijado en el art. 1 de la res. gral. 49592021 (A.F.I.P.). - B.O. 30/09/2021
Se extiende hasta el día 30 de noviembre de 2021, inclusive, el plazo fijado en el art. 1 de la Resolución General 49592021 (A.F.I.P.), para que los sujetos comprendidos en el régimen de facilidades de pago establecido por la Resolución General 4057-E/2017 (A.F.I.P.), regularicen sus obligaciones del impuesto a las ganancias y del impuesto sobre los bienes personales, en hasta tres cuotas, con un pago a cuenta del 25% y a la tasa de financiamiento prevista en dicha norma, sin considerar la categoría del “Sistema de Perfil de Riesgo (SIPER)” en la que dichos sujetos se encuentren incluidos, siempre que se trate de las Categorías A, B, C o D.
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