#SeguridadSocial #Jurisprudencia #Fallo Rodriguez Vallejos, Rosa Bonifacia c/ ANSES s/ acuerdo transaccional - CAMARA FEDERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL. CAPITAL FEDERAL, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, Sala 01, Magistrados: Victoria Pérez Tognola - Adriana Claudia Cammarata - Viviana Patricia Piñeiro - María Marta Lavigne 13/10/2021

#SeguridadSocial #Jurisprudencia #Fallo Rodriguez Vallejos, Rosa Bonifacia c/ ANSES s/ acuerdo transaccional - CAMARA FEDERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL. CAPITAL FEDERAL, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, Sala 01, Magistrados: Victoria Pérez Tognola - Adriana Claudia Cammarata - Viviana Patricia Piñeiro - María Marta Lavigne 13/10/2021

Corresponde confirmar la resolución apelada en lo que respecta al inmutabilidad de la cosa juzgada, dado que el planteo formulado tardíamente por la demandada -ahora recurrente-, atenta contra el instituto de la cosa juzgada que ha adquirido el acuerdo desde su homologación judicial y cuya consecuencia fue no sólo la extinción de derechos personales, sino también la extinción del proceso. Consecuentemente, al haberse extinguido el proceso con la homologación del acuerdo, ante el eventual incumplimiento del mismo, las partes deben recurrir al procedimiento de ejecución de sentencias, y es en dicho marco que el planteo formulado por la demandada deviene improcedente. En efecto, al haber recaído el acuerdo transaccional en autoridad de cosa juzgada, no se puede revisar lo ya acordado, en tanto la parte no ha invocado motivo alguno de nulidad ni pretendido se declare la cosa juzgada irrita. Asimismo cabe señalar que, la Ley 27260 al crear el Programa Nacional de Reparación Histórica para Jubilados y Pensionados -con el objeto de implementar acuerdos que permitan reajustar los haberes y cancelar las deudas previsionales- dispuso que todos los acuerdos debían ser homologados judicialmente.

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