#SeguridadSocial #Normativa #DECRETO 854/2021 Pensión graciable de carácter vitalicio para derechohabientes de trabajadores en servicios relacionados con la emergencia sanitaria – Disposiciones – Norma complementaria de la ley 27.549.- B.O. 17/12/2021

#SeguridadSocial #Normativa #DECRETO 854/2021 Pensión graciable de carácter vitalicio para derechohabientes de trabajadores en servicios relacionados con la emergencia sanitaria – Disposiciones – Norma complementaria de la ley 27.549.- B.O. 17/12/2021 


Se establece que la pensión graciable de carácter vitalicio establecida por el art. 5 de la Ley 27.549 se abonará a sus beneficiarios y beneficiarias desde la fecha de solicitud para su tramitación ante la Administración Nacional de la Seguridad Social o desde la fecha en que se haya solicitado en forma fehaciente ante cualquier organismo del Estado Nacional, si ello es anterior a la entrada en vigencia del presente decreto.
Los artículos 5° y 8° de la referida Ley N° 27.549 se establece una pensión graciable de carácter vitalicio, consistente en una suma mensual igual al doble del haber mínimo jubilatorio, para los y las derechohabientes de los trabajadores y las trabajadoras enunciados y enunciadas precedentemente, que habiendo prestado efectivamente servicios esenciales durante la emergencia sanitaria hayan fallecido en el período comprendido entre el 1° de marzo y el 30 de septiembre de 2020, como consecuencia de haber contraído la COVID-19.
El artículo 1° de la Ley Nº 27.549  definió los sujetos: para los y las profesionales, técnicos y técnicas, auxiliares (incluidos e incluidas los y las de gastronomía, maestranza y limpieza) y personal operativo de los sistemas de salud pública y privada; el personal de las Fuerzas Armadas; las Fuerzas de Seguridad; de la Actividad Migratoria; de la Actividad Aduanera; Bomberos; recolectores de residuos domiciliarios y recolectores de residuos patogénicos, que presten servicios relacionados con la emergencia sanitaria establecida por el Decreto N° 260/20 y las normas que lo extiendan, modifiquen o reemplacen.


Decreto 854-2021 Pensión Graciable de Carácter Vitalicio by Estudio Alvarezg Asociados on Scribd







Para más información, envianos tu consulta por mail a estudio_alvarezg@hotmail.com  o por  Whatsapp 👉 1166702822






¡Seguinos en nuestras redes sociales! haciendo click 👇