Ejecutar la implementación de la Ley Nº 27.452 y su Decreto Reglamentario N2 871/2018.
Objetivo Especifico
■ Otorgar una reparación económica a hijos, hijas e hijes de la persona víctima de femicidio u homicidio por violencia intrafamiliar y/o de género.
■ Fomentar criterios de igualdad y no discriminación en el acceso a la Reparación Económica.
■ Fortalecer el sistema de protección integral de derechos de los/las/les niños, niñas, niñes y adolescentes (NyA) titulares de la Reparación Económica, ante el acaecimiento de situaciones de vulneración de derechos, a través de la articulación con los organismos de protección de derechos provinciales, zonales y/o locales, así como educacionales y otras redes de interacción.
■ Promover la autonomía progresiva de los/las/les NyA conforme a sus características psicofísicas, aptitudes y desarrollo.
■ Garantizar el derecho de todo/a/e NyA a ser oída/o/e y que su opinión sea tenida en cuenta, conforme a su edad y grado de madurez, desde el inicio del procedimiento de RENNYA y hasta que alcance la mayoría de edad.
■ Difundir en la comunidad en su conjunto la necesidad de fomentar el sostenimiento y apoyo que requieren los/las/les NyA hijos, hijas e hijes de personas víctimas del delito de femicidio u homicidio por violencia intrafamiliar y/o de género, como política de infancia, juventud y género.
Acti-14-01 Anses -Regimen de Reparacion Economica Para Hijos e Hijas Victimas de Violencia de Genero e Intr... by Estudio Alvarezg Asociados on Scribd
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