#SeguridadSocial #Normativa #Circular 51/21 (DP) SUBSIDIO EXTRAORDINARIO - DECRETO Nº 855-2021 22/12/2021
Se pone en conocimiento de todas las Áreas Operativas dependientes de esta ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES) que el Estado Nacional mediante Decreto Nº 855/2021 ha establecido el otorgamiento de un Subsidio Extraordinario que se abonará en el mensual 12/2021.
El monto del subsidio será de $ 8.000,00 para aquellos beneficiarios y beneficiarias cuya sumatoria de haberes no supere los $ 29.061,63.
En aquellos casos en que el o la titular perciba un importe superior a $ 29.061,63 y hasta la suma de$ 37.061,63, se abonará como Subsidio Extraordinario, la diferencia entre el haber que percibe y dicho tope.
El pago del subsidio se liquidará a aquellos beneficios enunciados a continuación y que se encuentren registrados como vigentes en el mensual 12/2021 (incluidas las altas operadas en el mensual):
a) los beneficiarios y las beneficiarias de las prestaciones previsionales del
SISTEMA INTEGRADO PREVISIONAL ARGENTINO (SIPA).
b) Los beneficiarios y las beneficiarias de la Pensión Universal para el Adulto
Mayor (PUAM).
c) los beneficiarios y las beneficiarias de pensiones no contributivas por vejez, invalidez, maores de SIETE (7) hijos o hijas o más, y demás pensiones no contributivas y graciables cuyo pago se encuentra a cargo de la ANSES. (Cajas 40 y 47)
Circular Dp Nº 51-21 Subsidio Extraordinario - Decreto Nº 855-2021 by Estudio Alvarezg Asociados on Scribd
¡Seguinos en nuestras redes sociales! haciendo click 👇