Se dispone que los sujetos pasivos definidos en los arts. 3 y 12, Título III, de la Ley 23.966 (t.o. 1998) de Impuestos sobre los Combustibles Líquidos y al Dióxido de Carbono, a efectos de cumplir con las obligaciones de determinación de los gravámenes y de suministro de la información, previstas respectivamente en los arts. 3, 17 y 19 de la Resolución General 4233/2018 (A.F.I.P.), deberán utilizar, en sustitución de la versión vigente, el programa aplicativo denominado “Combustibles Líquidos - Versión 5.0”. Asimismo, se establece que la descarga del citado programa aplicativo, así como la consulta de las novedades de esta nueva versión, sus características, funciones y aspectos técnicos podrán realizarse en la opción “Aplicativos” del sitio web de la Administración Federal de Ingresos Públicos.
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