Las obligaciones de presentación de las declaraciones juradas y, en su caso, de pago de los impuestos a las ganancias y sobre los bienes personales correspondientes al período fiscal 2021, de las personas humanas y sucesiones indivisas comprendidas en las Resoluciones Generales N° 975 y N° 2.151, sus respectivas modificatorias y complementarias, cuyos vencimientos operan durante el mes de junio de 2022, podrán cumplirse -en sustitución de lo previsto en la Resolución General N° 4.172, sus modificatorias y complementarias- hasta las fechas que, según la terminación de la Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) del contribuyente, se indican a continuación:
| Terminación CUIT | Fecha de presentación | Fecha de pago |
| 0, 1, 2 y 3 | 23/06/2022, inclusive | 24/06/2022, inclusive |
| 4, 5 y 6 | 24/06/2022, inclusive | 27/06/2022, inclusive |
| 7, 8 y 9 | 27/06/2022, inclusive | 28/06/2022, inclusive |
Rg 5192-2022 Impuestos a Las Ganancias, Sobre Los Bienes Personales y Cedular. Período Fiscal 2021 by Estudio Alvarezg Asociados on Scribd
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