#SeguridadSocial #Jurisprudencia #Fallo "Acosta, Jorge Eduardo c/ Est. Nac. ANSeS s/ Amparos y Sumarísimos" -pensión honorífica de veterano de guerra del Atlántico Sur -Suspensión de beneficio - 08/09/2015

La Sala 1 de la Cámara Federal de la Seguridad Social había revocado la sentencia de primera instancia y, en consecuencia, hizo lugar a la acción de amparo entablada por el actor a fin de que se deje sin efecto la suspensión preventiva del pago de la pensión honorífica de veterano de guerra del Atlántico Sur (otorgada en los términos de la ley 23.848 y sus modificatorias) y se le abonen las sumas retroactivas adeudadas. La Administración Nacional de la Seguridad Social dedujo el recurso extraordinario.

La Corte Suprema de Justicia de la Nación –con el voto de los ministros Lorenzetti, Highton de Nolasco y Maqueda– declaró procedente el recurso extraordinario, revocó la sentencia apelada y se rechazó la demanda de amparo. 
Para decidir así, la Corte Suprema se remitió al texto del artículo 6° del decreto 1357/04 que prescribe que "[l]os veteranos de guerra que hubieran sido condenados, o resultaren condenados, por violación de los derechos humanos, por delitos de traición a la Patria, o por delitos contra el orden constitucional, la vida democrática u otros tipificados en los Títulos IX, Cap. I y X, Cap. I y II, del Código Penal, no podrán ser beneficiarios de las pensiones de guerra a que se refiere el presente decreto". En este sentido, los magistrados sostuvieron que se había rechazado recientemente un recurso de queja deducido por el demandante en un proceso en el que fue condenado por crímenes de lesa humanidad, "...decisión que lo incluye en el supuesto previsto por el artículo 6° del decreto 1357/04".

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