#SeguridadSocial Jurisprudencia Fallo Yerio Enrique Raul c/ANSeS s/Reajustes Varios Expte N°: 25147/2005 - intereses moratorios - 11/02/2019

Los intereses moratorios dispuestos en una sentencia cuya ejecución se persigue deben abonarse hasta la fecha de la efectiva cancelación del crédito. Los intereses moratorios constituyen una compensación por el uso del capital que la deudora no tenía derecho a retener, reconocido el derecho del peticionante corresponde se haga lugar al pago de aquellos, los que se devengarán desde que cada suma es debida.

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Jurisprudencia 2022 - Yerio Enrique Raul CANSeS SReajustes - Intereses Moratorios by Estudio Alvarezg Asociados on Scribd











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