Las asociaciones cooperadoras escolares -con sede en establecimientos educacionales- que actúen en el ámbito de la Provincia de Buenos Aires, en el marco del Decreto Provincial N° 4.767 del 28 de agosto de 1972 y su modificatorio, a los fines de solicitar la inscripción, constituir el Domicilio Fiscal Electrónico, designar al Administrador de Relaciones de la Clave Fiscal y realizar las modificaciones de los datos registrados, deberán observar los requisitos, las formalidades y demás condiciones que se establecen en la presente resolución general.
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