EL HCD de Bahia Blanca solicita, tras un pedido de la Asociación Personal Civil Jerárquico de la Armada Argentina, se gestione el reconocimiento de la bonificación del Suplemento por Zona Fría a los jubilados y pensionados, que cumpliendo su actividad laboral activa percibieron el mencionado emolumento.
Los trabajadores civiles de la Armada Argentina con sede laboral en Puerto Belgrano sufrieron el agravio de no liquidárseles el Suplemento por Zona, que estableciera la Ley Nro. 20239 del año 1973 y su Decreto Reglamentario Nro. 2355/73, ello, a pesar de estar claramente estipulado en el artículo 18 de la norma precitada.
En el año 2004, el Estado, a través de la Resolución que el Ministerio de Defensa firmo (Resolución N°782/04), asignó el Suplemento de Zona, previsto en el artículo 18, apartado 2°, inciso g de la reglamentación al Estatuto para el Personal Civil de las Fuerzas Armadas aprobado por Decreto Nº 2355/73.
Al ser reconocido su derecho, varios trabajadores civiles presentaron ante la Justicia demandas judiciales, y obtuvieron sentencias favorables reconociendo el pago de la retroactividad quinquenal pertinente.
El Gobierno Nacional incluyó a la ciudad de Bahía Blanca, entre otras, en la bonificación del 30% de la tarifa de gas domiciliaria de acuerdo al Decreto 486/2021 y la Ley 27637.
Sin perjuicio de que la ANSES liquide el adicional por Zona Fría a los beneficiarios de las ciudades de Bahía. Blanca y Punta Alta,requerir a la Honorable Cámara de Diputados y de Senadores de la Nación, incorpore de acuerdo a la Ley 19485/72 a los jubilados y pensionados de Bahía Blanca y Punta Alta dicho adicional por zona austral (1.40%,) como oportunamente sucedió con los jubilados y pensionados nacionales de La Pámpa y Partido de Carmen de Patagones.-
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