Se incorpora, como concepto no integrante de la base de cálculo de la retención establecida por el mencionado de retención del impuesto a las ganancias, a los pagos de remuneraciones exentas efectuados de conformidad con el artículo 27 de la ley del gravamen a "las remuneraciones percibidas en concepto de guardias obligatorias, ya sean activas o pasivas, por los profesionales, técnicos, auxiliares y personal operativo de los sistemas de salud pública, cuando la prestación del servicio se realice en un centro público de salud ubicado en zonas sanitarias desfavorables declaradas expresamente por la autoridad sanitaria nacional."
Rg 5283-2022 Impuesto a Las Ganancias-zona Sanitaria Desfavorable by Estudio Alvarezg Asociados on Scribd
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